Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063302)
Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda y la empresa "Herederos de Juan Gil Hernández, SL", para la gestión de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad previstas en el Decreto 83/2017, de 13 de junio, y otras prestaciones propias de la explotación de los servicios de transporte público regular y de uso general de viajeros por carretera JEV-005, durante los años 2023 a 2025.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 204
Viernes 18 de octubre de 2024
52168
a la Administración, informando del tiempo estimado en su reparación, que no podrá
exceder de siete días hábiles. Una vez se solucione la incidencia deberá notificarse,
asimismo, a la Dirección General, en unión, cuando proceda, del envío de un certificado
técnico de reparación de la avería, daño o deterioro, emitido por la empresa responsable del mantenimiento de los equipos.
Todo ello sin perjuicio del procedimiento de subsanación de la avería, daño o deterioro sufrido
por los equipos o tarjetas, no imputable a la empresa colaboradora, previsto en la cláusula
séptima del presente Convenio, y en el artículo 17.3 del Decreto 83/2017.
Viernes 18 de octubre de 2024
52168
a la Administración, informando del tiempo estimado en su reparación, que no podrá
exceder de siete días hábiles. Una vez se solucione la incidencia deberá notificarse,
asimismo, a la Dirección General, en unión, cuando proceda, del envío de un certificado
técnico de reparación de la avería, daño o deterioro, emitido por la empresa responsable del mantenimiento de los equipos.
Todo ello sin perjuicio del procedimiento de subsanación de la avería, daño o deterioro sufrido
por los equipos o tarjetas, no imputable a la empresa colaboradora, previsto en la cláusula
séptima del presente Convenio, y en el artículo 17.3 del Decreto 83/2017.