Corporación Extremeña De Medios Audiovisuales. Procesos Selectivos. (2024063435)
Resolución de 11 de octubre de 2024, de la Dirección General, sobre convocatorias públicas extraordinarias para la constitución de bolsas de trabajo de Informático/a en la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales mediante el sistema de concurso-oposición.
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NÚMERO 204
Viernes 18 de octubre de 2024

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1.5. Las relaciones de trabajo de la Empresa Pública “Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales” y de la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión Extremeña, SAU, se regirán
por la legislación laboral común en virtud del artículo 30 de la Ley 3/2008, de 16 de junio, y
del II Convenio Colectivo de los trabajadores de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales y de la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión, SAU, sin perjuicio de las normas
y principios que resulten de aplicación.
1.6. Sin perjuicio de la legislación y normativa aplicable a las convocatorias, a las presentes
bases le serán de aplicación:
— La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de Mujeres y Hombres.
— Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia
de Género en Extremadura.
En virtud de lo anterior, y con el fin de ofrecer condiciones de igualdad efectiva entre mujeres
y hombres en el acceso al empleo público, si alguna de las aspirantes admitidas en la presente
convocatoria no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto
debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a
la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, en los términos establecidos en
las presentes bases. La Comisión de Selección con arreglo a las mismas y en atención a las
circunstancias concurrentes, que deberán constar debidamente acreditadas por la interesada
con la suficiente antelación, adoptará las medidas a aplicar en cada caso que resulten oportunas para garantizar los derechos de la interesada en la convocatoria.
II. Requisitos de las personas aspirantes.
Podrán optar a los puestos ofertados todas aquellas personas que, aceptando las condiciones
establecidas en las convocatorias, reúnan los requisitos expuestos a continuación.
2.1. Tener la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o cualquiera a la que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras.
Igualmente podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, las personas cónyuges de
los/las españoles/as y de los/las nacionales de alguno de los demás Estados miembros de
la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas
condiciones podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún
años o mayores dependientes. También podrán participar quienes, no estando incluidos en los
anteriores apartados, se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de
un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.