Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Sentencias. Ejecución. (2024063384)
Resolución de 10 de octubre de 2024, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 103/2024, de 25 de junio, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida.
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NÚMERO 203

51876

Jueves 17 de octubre de 2024

Por lo tanto, de conformidad, con el artículo 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa, artículo 8 y siguientes del
Decreto 59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación administrativa de la ejecución de
resoluciones judiciales, en el Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, sobre traspaso de
funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, y el Decreto 237/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional,
y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, esta Secretaría General de
Educación y Formación Profesional,
RESUELVE:
Primero. Proceder a la ejecución del fallo de la sentencia firme n.º 103/2024, de 25 de junio de 2024, dictada por el Juzgado Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, con ocasión
del recurso contencioso-administrativo sustanciado mediante procedimiento abreviado n.º
124/2023, llevando a puro y debido efecto el fallo, cuya parte dispositiva dice:
 “Que debo estimar y estimo íntegramente el recurso contencioso-administrativo presentado por la Procuradora Sra. Cabrera Chaves, obrando en nombre y representación de
don Antonio Bordallo Mejías, contra la Resolución de la Secretaría General de Educación
dependiente de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, de fecha
9 de mayo de 2023, que desestima el recurso de reposición interpuesto por el actor frente
a la Resolución de la Secretaría General de Educación, de 6 de febrero de 2023, por la
que se resuelve el expediente disciplinario n.º 11/2021; y en consecuencia debo anular y
anulo dichas resoluciones por estimarlas no conformes a derecho, con las consecuencias
inherentes a este pronunciamiento.
Y ello, con imposición de las costas devengadas a la Administración demandada, si bien con
un límite máximo de 1.500 euros por todos los conceptos e IVA incluido”.
Mérida, 10 de octubre de 2024.
La Secretaria General de Educación y
Formación Profesional,
Por delegación,
Resolución de 9 de agosto de 2023
(DOE núm. 156, de 14 de agosto),
MARÍA DEL PILAR PÉREZ GARCÍA