Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Ceses. Nombramientos. (2024063309)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Consejera, por la que se renueva la composición del Comité Clínico de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la interrupción voluntaria del embarazo.
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NÚMERO 202
Miércoles 16 de octubre de 2024

51024

y Servicios Sociales y se modifica el Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud, y de conformidad
con los artículos 36 y 92 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Cesar a todos los miembros titulares y suplentes del Comité Clínico de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la interrupción voluntaria del embarazo.
Segundo. Designar, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, como miembros del Comité
Clínico de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a los siguientes:
A. Especialistas en Ginecología y Obstetricia o expertos en Diagnóstico Prenatal:


Titular: D.ª Iluminada Burguillos Ramos (Hospital de Mérida).



Suplente: D.ª Ana González Barahona (Hospital de Mérida).



Titular: D.ª Almudena Martín García (Hospital Materno-Infantil de Badajoz).



Suplente: D.ª Ana María Moreno García (Hospital de Coria).

B. Especialistas en Pediatría:


Titular: D. Javier Lucas Hernández (Hospital Materno-Infantil de Badajoz).



Suplente: D.ª Cristina Cáceres Marzal (Hospital Materno-Infantil de Badajoz).

Tercero. La vigencia de su designación como miembros del Comité Clínico será de dos años,
sin perjuicio de sus posibles prórrogas.
Cuarto. La efectividad de los nombramientos se producirá el mismo día de la publicación de
esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura, debiendo constituirse el Comité Clínico
designado en el plazo de diez días desde la misma.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el titular de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, en el plazo de
un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en
el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de