Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063341)
Resolución de 9 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica por la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura a favor del Patronato Festival Internacional de Teatro Clásico en el Teatro Romano de Mérida: Actividades Culturales. Año 2024.
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NÚMERO 201
Martes 15 de octubre de 2024
50884
CONVENIO POR EL QUE SE FORMALIZA UNA TRANSFERENCIA ESPECÍFICA
POR LA CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, JÓVENES Y DEPORTES
DE LA JUNTA DE EXTREMADURA A FAVOR DEL PATRONATO FESTIVAL
INTERNACIONAL DE TEATRO CLÁSICO EN EL TEATRO ROMANO DE MÉRIDA:
ACTIVIDADES CULTURALES. AÑO 2024.
22 de agosto de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. José Luis Gil Soto, Secretario General de la Consejería de Cultura, Turismo,
Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura, cargo que ostenta en virtud de nombramiento
efectuado por Decreto 97/2023, de 28 de julio (DOE núm. 146, de 31 de julio), y actuando en
el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas, en su artículo 5, en el Decreto 77/2023,
de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 145, de 28 de julio), y por Resolución de 2
de agosto de 2023, de la Consejera, por la que se delegan competencias en diversas materias
(DOE núm. 151, de 7 de agosto).
Y de otra parte, D. Pedro Blanco Vivas, en nombre y representación del Consorcio denominado “Patronato del Festival de Teatro Clásico en el Teatro Romano de Mérida”, con N.I.F.
V06368880, en su condición de Director-Gerente del mismo, en virtud de la competencia
atribuida directamente para suscribir el presente convenio, conforme al artículo 23.3 de sus
Estatutos.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se
contienen y, al efecto
EXPONEN
Primero. El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en su redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, establece en su artículo 9.1.19 la competencia exclusiva de la
Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de turismo, competencia atribuida a la
Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, de conformidad con lo establecido en el
Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifica la denominación y
competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura (DOE n.º 140, de 21 de julio).
Así mismo, el artículo 23.4 del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la
estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Martes 15 de octubre de 2024
50884
CONVENIO POR EL QUE SE FORMALIZA UNA TRANSFERENCIA ESPECÍFICA
POR LA CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, JÓVENES Y DEPORTES
DE LA JUNTA DE EXTREMADURA A FAVOR DEL PATRONATO FESTIVAL
INTERNACIONAL DE TEATRO CLÁSICO EN EL TEATRO ROMANO DE MÉRIDA:
ACTIVIDADES CULTURALES. AÑO 2024.
22 de agosto de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. José Luis Gil Soto, Secretario General de la Consejería de Cultura, Turismo,
Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura, cargo que ostenta en virtud de nombramiento
efectuado por Decreto 97/2023, de 28 de julio (DOE núm. 146, de 31 de julio), y actuando en
el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas, en su artículo 5, en el Decreto 77/2023,
de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 145, de 28 de julio), y por Resolución de 2
de agosto de 2023, de la Consejera, por la que se delegan competencias en diversas materias
(DOE núm. 151, de 7 de agosto).
Y de otra parte, D. Pedro Blanco Vivas, en nombre y representación del Consorcio denominado “Patronato del Festival de Teatro Clásico en el Teatro Romano de Mérida”, con N.I.F.
V06368880, en su condición de Director-Gerente del mismo, en virtud de la competencia
atribuida directamente para suscribir el presente convenio, conforme al artículo 23.3 de sus
Estatutos.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se
contienen y, al efecto
EXPONEN
Primero. El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en su redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, establece en su artículo 9.1.19 la competencia exclusiva de la
Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de turismo, competencia atribuida a la
Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, de conformidad con lo establecido en el
Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifica la denominación y
competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura (DOE n.º 140, de 21 de julio).
Así mismo, el artículo 23.4 del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la
estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura