Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2024063364)
Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, de concesión de subvenciones para obras de consultorios locales o de helisuperficies de titularidad o disponibilidad municipal de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio económico 2024.
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NÚMERO 201
Martes 15 de octubre de 2024
50901
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. Las bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Consejería de Salud
y Servicios Sociales para el equipamiento de centros sanitarios de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, aplicables a esta línea de subvención, vienen establecidas en el Decreto
57/2024, de 26 de junio. En este sentido, hay que aplicar, las disposiciones generales previstas en el capítulo I, y las específicas para esta modalidad subvencional determinadas en su
capítulo II.
De conformidad con lo dispuesto en estas bases, el órgano encargado de la instrucción del
procedimiento y, por tanto, al que le corresponde emitir la propuesta de resolución, que no
podrá separarse del informe de la Comisión de Valoración, es la persona titular de la Dirección
General en materia de autorización de centros sanitarios.
En este sentido, el Decreto 235/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Servicios Sociales y se modifica el Decreto
221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo
Servicio Extremeño de Salud atribuye, en su artículo 3, esta competencia a la Directora General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias.
No obstante, lo anterior, la competencia para emitir la propuesta de resolución de concesión
se encuentra delegada en la persona titular de la Jefatura de Servicio de Autorización, Acreditación, Evaluación y Calidad, en virtud de la Resolución de 2 de octubre de 2023, de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias.
Segundo. Por su parte, la Secretaria General de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales está facultada para dictar resolución de concesión de subvención conforme dispone el
artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Sin perjuicio de lo señalado, igualmente esta competencia para resolver se encuentra delegada en la persona titular de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad
Sanitarias y Sociosanitarias, en virtud de la Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la
Secretaría General, por la que se delega la competencia y la firma en determinadas materias
(publicado en el Diario Oficial de Extremadura n.º 189, de 2 de octubre de 2023).
Tercero. El procedimiento a seguir es el ordinario de concurrencia competitiva y convocatoria
pública periódica, mediante convocatoria aprobada por resolución de la persona titular de la
Secretaría General de la Consejería Salud y Servicios Sociales.
No obstante, con la modificación operada por el Decreto-ley 1/2024, de 28 de mayo, de ayudas extraordinarias al sector del viñedo de secano y a las Agrupaciones Técnicas de Sanidad
Vegetal por asesoramiento técnico en materia de sanidad vegetal y de medidas en materia de
Martes 15 de octubre de 2024
50901
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. Las bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Consejería de Salud
y Servicios Sociales para el equipamiento de centros sanitarios de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, aplicables a esta línea de subvención, vienen establecidas en el Decreto
57/2024, de 26 de junio. En este sentido, hay que aplicar, las disposiciones generales previstas en el capítulo I, y las específicas para esta modalidad subvencional determinadas en su
capítulo II.
De conformidad con lo dispuesto en estas bases, el órgano encargado de la instrucción del
procedimiento y, por tanto, al que le corresponde emitir la propuesta de resolución, que no
podrá separarse del informe de la Comisión de Valoración, es la persona titular de la Dirección
General en materia de autorización de centros sanitarios.
En este sentido, el Decreto 235/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Servicios Sociales y se modifica el Decreto
221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo
Servicio Extremeño de Salud atribuye, en su artículo 3, esta competencia a la Directora General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias.
No obstante, lo anterior, la competencia para emitir la propuesta de resolución de concesión
se encuentra delegada en la persona titular de la Jefatura de Servicio de Autorización, Acreditación, Evaluación y Calidad, en virtud de la Resolución de 2 de octubre de 2023, de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias.
Segundo. Por su parte, la Secretaria General de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales está facultada para dictar resolución de concesión de subvención conforme dispone el
artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Sin perjuicio de lo señalado, igualmente esta competencia para resolver se encuentra delegada en la persona titular de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad
Sanitarias y Sociosanitarias, en virtud de la Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la
Secretaría General, por la que se delega la competencia y la firma en determinadas materias
(publicado en el Diario Oficial de Extremadura n.º 189, de 2 de octubre de 2023).
Tercero. El procedimiento a seguir es el ordinario de concurrencia competitiva y convocatoria
pública periódica, mediante convocatoria aprobada por resolución de la persona titular de la
Secretaría General de la Consejería Salud y Servicios Sociales.
No obstante, con la modificación operada por el Decreto-ley 1/2024, de 28 de mayo, de ayudas extraordinarias al sector del viñedo de secano y a las Agrupaciones Técnicas de Sanidad
Vegetal por asesoramiento técnico en materia de sanidad vegetal y de medidas en materia de