Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2024063364)
Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, de concesión de subvenciones para obras de consultorios locales o de helisuperficies de titularidad o disponibilidad municipal de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio económico 2024.
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NÚMERO 201
50915
Martes 15 de octubre de 2024
SOLICITUDES DESISTIDAS
EXPEDIENTE
OC8-24CA
OH5-24CA
OC14-24CA
OC27-24CA
OC36-24CA
OC38-24CA
OC44-24CA
NIF
AYUNTAMIENTO
P1002600C BARRADO
P0613700D
VALDECABALLEROS
P0605800B LA GARROVILLA
P1019500F TORREMENGA
P1016400B RUANES
P1018400J TALAYUELA
P0606200D
HELECHOSA DE
LOS MONTES
CONSULTORIO
CAUSA
BARRADO
Se tiene por desistido de su solicitud por no
atender en forma el requerimiento de subsanación conforme al artículo 68.1 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No presenta documentación
técnica necesaria para la ejecución de la obra
suscrita por personal facultativo competente y no costa el programa de ejecución de la
actuación (artículo 15, apartados 3 y 4, del
Decreto 57/2024, de 26 de junio).
VALDECABALLEROS
Se tiene por desistido de su solicitud por no
atender en forma el requerimiento de subsanación conforme al artículo 68.1 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No presenta presupuesto de la
actuación proyectada pormenorizado por conceptos y no costa el programa de ejecución de
la actuación (artículo 15.3.b y 4 del Decreto
57/2024, de 26 de junio).
GARROVILLA
(LA)
Se tiene por desistido de su solicitud por no
atender el requerimiento de subsanación en
el plazo de diez días hábiles, conforme al artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
TORREMENGA
Se tiene por desistido de su solicitud por no
atender el requerimiento de subsanación en
el plazo de diez días hábiles, conforme al artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
RUANES
Se tiene por desistido de su solicitud por no
atender el requerimiento de subsanación en
el plazo de diez días hábiles, conforme al artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
BARQUILLA DE
PINARES
Se tiene por desistido de su solicitud por no
atender el requerimiento de subsanación en
el plazo de diez días hábiles, conforme al artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
HELECHOSA DE
LOS MONTES
Se tiene por desistido de su solicitud por no
atender el requerimiento de subsanación en
el plazo de diez días hábiles, conforme al artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
50915
Martes 15 de octubre de 2024
SOLICITUDES DESISTIDAS
EXPEDIENTE
OC8-24CA
OH5-24CA
OC14-24CA
OC27-24CA
OC36-24CA
OC38-24CA
OC44-24CA
NIF
AYUNTAMIENTO
P1002600C BARRADO
P0613700D
VALDECABALLEROS
P0605800B LA GARROVILLA
P1019500F TORREMENGA
P1016400B RUANES
P1018400J TALAYUELA
P0606200D
HELECHOSA DE
LOS MONTES
CONSULTORIO
CAUSA
BARRADO
Se tiene por desistido de su solicitud por no
atender en forma el requerimiento de subsanación conforme al artículo 68.1 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No presenta documentación
técnica necesaria para la ejecución de la obra
suscrita por personal facultativo competente y no costa el programa de ejecución de la
actuación (artículo 15, apartados 3 y 4, del
Decreto 57/2024, de 26 de junio).
VALDECABALLEROS
Se tiene por desistido de su solicitud por no
atender en forma el requerimiento de subsanación conforme al artículo 68.1 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No presenta presupuesto de la
actuación proyectada pormenorizado por conceptos y no costa el programa de ejecución de
la actuación (artículo 15.3.b y 4 del Decreto
57/2024, de 26 de junio).
GARROVILLA
(LA)
Se tiene por desistido de su solicitud por no
atender el requerimiento de subsanación en
el plazo de diez días hábiles, conforme al artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
TORREMENGA
Se tiene por desistido de su solicitud por no
atender el requerimiento de subsanación en
el plazo de diez días hábiles, conforme al artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
RUANES
Se tiene por desistido de su solicitud por no
atender el requerimiento de subsanación en
el plazo de diez días hábiles, conforme al artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
BARQUILLA DE
PINARES
Se tiene por desistido de su solicitud por no
atender el requerimiento de subsanación en
el plazo de diez días hábiles, conforme al artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
HELECHOSA DE
LOS MONTES
Se tiene por desistido de su solicitud por no
atender el requerimiento de subsanación en
el plazo de diez días hábiles, conforme al artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.