Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063282)
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de prórroga y modificación al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura y la Asociación Nacional de Criadores de Ganado Vacuno Selecto de Raza Retinta, sobre actuaciones en el Programa de mejora genética de la raza retinta, firmado el día 10 de marzo de 2020.
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NÚMERO 200
Lunes 14 de octubre de 2024
50300
Segundo. Que, de conformidad con la cláusula quinta del convenio, la duración prevista del
mismo es de cuatro años, prorrogables por otros cuatro mediante acuerdo expreso y unánime
de las partes, debiendo formalizarse la prórroga antes de la finalización del plazo establecido,
siendo la vigencia inicial del mismo hasta el 7 de octubre de 2024.
Tercero. Que, según la cláusula sexta, las partes pueden acordar unánimemente la modificación del convenio.
De conformidad con lo expuesto y en el ejercicio de sus competencias, en aras de una mayor
eficacia y eficiencia las partes reunidas acuerdan formalizar la presente Adenda, cuyo contenido se plasma en las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
La presente Adenda tiene por objeto, por un lado, la prórroga del convenio por un plazo total
de 4 años, afectando éste a la cláusula quinta, que alude a los efectos y duración del convenio.
Por otro lado, la modificación de la cláusula séptima, que hace referencia a la financiación.
Segunda. Prórroga.
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula quinta del convenio suscrito el día 10 de marzo
de 2020, las partes acuerdan prorrogar por 4 años la duración del convenio.
Tercera. Modificación.
A estos efectos, se modifica la siguiente cláusula del convenio, en los siguientes términos:
La ejecución de este convenio no supone compromiso económico alguno para la Consejería
de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, no llevará la asignación de presupuesto ni
partida presupuestaria específica, los gastos derivados de la colaboración forman parte de los
gastos propios de su personal y explotación.
La ACRE asumirá los costes de los controles necesarios con sus propios recursos humanos y
materiales y de los suministros y otros gastos con los que colabore para el mantenimiento de
la cabaña ganadera de vacuno retinto de los CFMR, así como de las tasas de la pertenencia de
los CFMR a esta asociación, en justa proporción en base a los ingresos obtenidos de las ventas
y tras descontar los gastos que pueda generar.
Lunes 14 de octubre de 2024
50300
Segundo. Que, de conformidad con la cláusula quinta del convenio, la duración prevista del
mismo es de cuatro años, prorrogables por otros cuatro mediante acuerdo expreso y unánime
de las partes, debiendo formalizarse la prórroga antes de la finalización del plazo establecido,
siendo la vigencia inicial del mismo hasta el 7 de octubre de 2024.
Tercero. Que, según la cláusula sexta, las partes pueden acordar unánimemente la modificación del convenio.
De conformidad con lo expuesto y en el ejercicio de sus competencias, en aras de una mayor
eficacia y eficiencia las partes reunidas acuerdan formalizar la presente Adenda, cuyo contenido se plasma en las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
La presente Adenda tiene por objeto, por un lado, la prórroga del convenio por un plazo total
de 4 años, afectando éste a la cláusula quinta, que alude a los efectos y duración del convenio.
Por otro lado, la modificación de la cláusula séptima, que hace referencia a la financiación.
Segunda. Prórroga.
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula quinta del convenio suscrito el día 10 de marzo
de 2020, las partes acuerdan prorrogar por 4 años la duración del convenio.
Tercera. Modificación.
A estos efectos, se modifica la siguiente cláusula del convenio, en los siguientes términos:
La ejecución de este convenio no supone compromiso económico alguno para la Consejería
de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, no llevará la asignación de presupuesto ni
partida presupuestaria específica, los gastos derivados de la colaboración forman parte de los
gastos propios de su personal y explotación.
La ACRE asumirá los costes de los controles necesarios con sus propios recursos humanos y
materiales y de los suministros y otros gastos con los que colabore para el mantenimiento de
la cabaña ganadera de vacuno retinto de los CFMR, así como de las tasas de la pertenencia de
los CFMR a esta asociación, en justa proporción en base a los ingresos obtenidos de las ventas
y tras descontar los gastos que pueda generar.