Presidencia De La Junta. Violencia De Género. Subvenciones. (2024063342)
Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, de concesión de subvenciones, en el marco de la Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece para el ejercicio 2024, la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad A: Proyectos de sensibilización y prevención de la violencia de género.
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NÚMERO 200
Lunes 14 de octubre de 2024
50079
competencias que en materia de subvenciones atribuye la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a las Secretarías Generales de las
Consejerías.
De acuerdo con lo expuesto, la competencia para la concesión de estas subvenciones en régimen de concurrencia competitiva corresponde a la persona titular de la Secretaría General de
la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, tal y como se establece en el resuelvo
decimocuarto de la resolución de convocatoria.
Mediante Resolución de 3 de octubre de 2023 de la Secretaría General de la Consejería de
Presidencia, Interior y Diálogo Social (DOE n.º 194, de 9 de octubre), se delega en las personas titulares de los órganos directivos de la Presidencia de la Junta y de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, la competencia para resolver la concesión de subvenciones
cuya tramitación corresponda al órgano directivo correspondiente por razón de la materia,
incluida la concesión de las subvenciones. Conforme a ello, corresponde a la persona titular de
la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, por delegación, la competencia para resolver
la concesión de estas subvenciones.
Segundo. Por Orden de 27 de julio de 2022 se establecen y aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de
Género (DOE n.º 145, de 28 de julio).
Por su parte, por Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Secretaría General de la Consejería
de Presidencia, Interior y Diálogo Social, se establece para el ejercicio 2024, la convocatoria
para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia
de Género. Modalidad A: Proyectos de sensibilización y prevención de la violencia de género
(DOE n.º 117, de 18 de junio).
Tercero. El resuelvo séptimo de la resolución de convocatoria, en relación con los artículos
7 y 25 de la Orden de 27 de julio de 2022, determina que el procedimiento para la concesión
de las subvenciones a proyectos de sensibilización y prevención de la violencia de género
(Modalidad A) se tramitará en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria
periódica, conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Conforme dispone el artículo 23 de la citada normativa, el procedimiento para la concesión
de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva se inicia siempre de oficio median-
Lunes 14 de octubre de 2024
50079
competencias que en materia de subvenciones atribuye la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a las Secretarías Generales de las
Consejerías.
De acuerdo con lo expuesto, la competencia para la concesión de estas subvenciones en régimen de concurrencia competitiva corresponde a la persona titular de la Secretaría General de
la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, tal y como se establece en el resuelvo
decimocuarto de la resolución de convocatoria.
Mediante Resolución de 3 de octubre de 2023 de la Secretaría General de la Consejería de
Presidencia, Interior y Diálogo Social (DOE n.º 194, de 9 de octubre), se delega en las personas titulares de los órganos directivos de la Presidencia de la Junta y de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, la competencia para resolver la concesión de subvenciones
cuya tramitación corresponda al órgano directivo correspondiente por razón de la materia,
incluida la concesión de las subvenciones. Conforme a ello, corresponde a la persona titular de
la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, por delegación, la competencia para resolver
la concesión de estas subvenciones.
Segundo. Por Orden de 27 de julio de 2022 se establecen y aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de
Género (DOE n.º 145, de 28 de julio).
Por su parte, por Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Secretaría General de la Consejería
de Presidencia, Interior y Diálogo Social, se establece para el ejercicio 2024, la convocatoria
para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia
de Género. Modalidad A: Proyectos de sensibilización y prevención de la violencia de género
(DOE n.º 117, de 18 de junio).
Tercero. El resuelvo séptimo de la resolución de convocatoria, en relación con los artículos
7 y 25 de la Orden de 27 de julio de 2022, determina que el procedimiento para la concesión
de las subvenciones a proyectos de sensibilización y prevención de la violencia de género
(Modalidad A) se tramitará en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria
periódica, conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Conforme dispone el artículo 23 de la citada normativa, el procedimiento para la concesión
de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva se inicia siempre de oficio median-