Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063230)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía y la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, en calidad de Beneficiario Asociado, para continuar con el desarrollo de las acciones previstas en el proyecto LIFE Naturaleza y Biodiversidad "Creando una metapoblación genética y demográficamente funcional de Lince Ibérico (lynxpardinus) con código LIFE 19NAT/ES/001055 y acrónimo: "LYNXCONNECT"".
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NÚMERO 200
Lunes 14 de octubre de 2024

50248

“Creando una metapoblación genética y demográficamente funcional de Lince Ibérico (Lynx
pardinus)” (LIFE19NAT/ES/001055), en virtud del Acuerdo de Subvención suscrito el 25 de
agosto de 2020 entre la Comisión Europea y la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente
y Economía Azul de la Junta de Andalucía con arreglo al Reglamento (UE) n.º 1293/2013 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, relativo al establecimiento de
un Programa de Medio Ambiente y Acción por el Clima (LIFE) y que se adjunta como Anexo 1.
Por tanto, es el único responsable legal y financiero frente a la Comisión Europea para la plena
aplicación de las acciones del proyecto a fin de lograr los objetivos y la difusión de los resultados del mismo. Así mismo constituye el único punto de contacto con la Comisión Europea y
es el único participante que informa de los progresos técnicos y financieros.
Tercero. Que la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura es Beneficiario Asociado del Proyecto LIFE19NAT/ES/001055, en virtud de Acuerdo
de Subvención suscrito entre la Comisión Europea y la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía con arreglo al Reglamento(UE) n.º
1293/2013, ya mencionado, el cual se comprometió a participar de la manera en que se recoge en el formulario A.4 (AssociatedBeneficiaryDeclaration and mandate) del citado proyecto
que se adjunta como Anexo 2.
Cuarto. Que el Proyecto LIFE NATURALEZA 19NAT/ES/001055,se regirá conforme a los siguientes documentos de referencia, por orden de prelación:
— Reglamento (UE) n.º 1293/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, relativo al establecimiento de un Programa de Medio Ambiente y Acción por el Clima (LIFE).
— Las disposiciones especiales del Acuerdo de Subvención.
— Las disposiciones comunes, incluidas en el Acuerdo de Subvención.
— La propuesta de proyecto (en lo sucesivo «Proyecto») a que se refiere el Acuerdo de
Subvención.
Todo lo anterior forma parte integrante del Acuerdo de Subvención y del presente Convenio
y regirá los derechos y obligaciones de Beneficiario Coordinador, Beneficiario Asociado y Comisión Europea.
Quinto. Este convenio se formaliza conforme a lo estipulado en las disposiciones generales
y especiales, incluidas en el mencionado Acuerdo de Subvención. Las cantidades a abonar