Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063230)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía y la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, en calidad de Beneficiario Asociado, para continuar con el desarrollo de las acciones previstas en el proyecto LIFE Naturaleza y Biodiversidad "Creando una metapoblación genética y demográficamente funcional de Lince Ibérico (lynxpardinus) con código LIFE 19NAT/ES/001055 y acrónimo: "LYNXCONNECT"".
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NÚMERO 200
Lunes 14 de octubre de 2024

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Duodécima. Acciones de comunicación, publicidad de la ayuda comunitaria y de los
productos audio-visuales.
12.1. La Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía y la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura deberán dar publicidad del proyecto y sus resultados, mencionando siempre la
ayuda comunitaria recibida, como se especifica en las Disposiciones Generales y Especiales del Acuerdo de Subvención firmado.
12.2. La Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía y la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura deberán poner de manifiesto el apoyo financiero dado por la Unión Europea en
todos los documentos y medios de comunicación en el marco del proyecto, utilizando el
logotipo LIFE proporcionado por la Comisión. En los créditos del material audiovisual, al
inicio y/o al final se incluirá una mención explícita y legible de la contribución de LIFE.
12.3. El logotipo de LIFE no puede ser usado como un sello de calidad certificada o etiqueta
ecológica.
12.4. El proyecto contará con una página web que proporcionará difusión de las actividades
del mismo, de su progreso y resultados. Este sitio web deberá estar operativo como
máximo en seis meses desde el inicio del proyecto y se actualizará periódicamente, conservándose durante al menos cinco años después de la finalización del proyecto. Tanto
el Beneficiario Coordinador como el Beneficiario Asociado están obligados a facilitar
toda la información requerida para ser puesta en este sitio web.
12.5. La página web del Proyecto LIFE deberá contener un resumen del proyecto, incluyendo
el nombre y datos de contacto del Beneficiario Coordinador y el Beneficiario Asociado.
12.6. Todos los bienes inventariables adquiridos en el marco del proyecto deben llevar el logotipo LIFE a menos que se especifique lo contrario por la Comisión Mixta de Seguimiento.
12.7. La edición de cualquier material que tenga relación con el proyecto será supervisada
previamente por el Beneficiario Coordinador y consensuada en la Comisión de Seguimiento.
Asimismo, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la Ley 1/2015, de 21 de
diciembre y el Decreto 96/2017, de 27 de junio, por el que se regula la coordinación
de la estrategia de imagen institucional de la Administración de la Junta de Andalucía,