Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063237)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural y Cruz Roja Española por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención para la financiación del Programa "Dispositivo de apoyo ante incendios forestales".
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NÚMERO 200
Lunes 14 de octubre de 2024

50230

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE GESTIÓN FORESTAL
Y MUNDO RURAL Y CRUZ ROJA ESPAÑOLA POR EL QUE SE INSTRUMENTA LA
CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN PARA LA FINANCIACIÓN DEL PROGRAMA
“DISPOSITIVO DE APOYO ANTE INCENDIOS FORESTALES”.
Mérida, 25 de septiembre de 2024.
De una parte, Don José Antonio Bayón Carvajal, Director General de Prevención y Extinción de
Incendios de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, cargo para el que fue nombrado
por Decreto 171/2023, de 2 de agosto, por el por el que se dispone el nombramiento de Don
José Antonio Bayón Carvajal como Director General de Prevención y Extinción de Incendios de
la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural de la Junta de Extremadura (DOE núm. 149,
de 3 de agosto de 2023) y actuando en virtud de la delegación de la Secretaria General de la
Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, mediante Resolución de 6 de octubre de 2023,
de la Secretaría General, por la que se delegan determinadas competencias, así como la delegación de firma de resoluciones y actos, en los órganos directivos de la Consejería (DOE n.º
199, de 17 de octubre de 2023).
Y de otra parte, Don Jesús Palo Tiburcio, actuando en nombre y representación de Cruz Roja
Española en Extremadura, en su calidad Presidente del Comité Autonómico de Cruz Roja Española en Extremadura, en virtud del nombramiento de 13 de mayo de 2019 suscrito por el
Presidente de Cruz Roja Española, y con poderes suficientes de representación, según apoderamiento notarial n.º 62, de 12 de enero de 2022 otorgado por Cruz Roja Española.
Las partes intervienen en el ejercicio de las facultades que legalmente les confieren los cargos
que respectivamente desempeñan, reconociéndose legitimación para la suscripción del presente convenio y en orden al mismo,
MANIFIESTAN
I. Que el Estatuto de Autonomía de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica
1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, atribuye a la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el artículo 10.1.2
la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de medio ambiente y protección de la flora, la fauna y la biodiversidad.
II. Que la Ley 5/2004, de 24 de junio, de prevención y lucha contra los incendios forestales
en Extremadura desarrolla las competencias en materia de prevención y extinción de incendios forestales en nuestra Comunidad Autónoma, especialmente en lo referido a la defensa de los montes y el terreno forestal y a la adopción de políticas activas de prevención,
coordinación y restauración.