Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024063279)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga modificación sustancial de la autorización ambiental unificada del centro de gestión de residuos, cuya promotora es Desguace Solano, SL, en el término municipal de Plasencia.
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NÚMERO 200
Lunes 14 de octubre de 2024
50328
g) Vigilancia y seguimiento
1. S
iempre que no se especifique lo contrario, el muestreo y análisis de todos los contaminantes, se realizarán con arreglo a las normas CEN. En ausencia de las normas CEN, se
aplicarán las normas ISO, las normas nacionales, las normas internacionales u otros métodos alternativos que estén validados o acreditados, siempre que garanticen la obtención
de datos de calidad científica equivalente.
2. C
on independencia de los controles referidos en los apartados siguientes, la DGS, podrá
efectuar y requerir al titular de la planta cuantos análisis e inspecciones estime convenientes para comprobar el rendimiento y funcionamiento de las instalaciones autorizadas.
3. S
e deberá prestar al personal acreditado por la administración competente toda la asistencia necesaria para que ésta pueda llevar a cabo cualquier inspección de las instalaciones
relacionadas con la AAU, así como tomar muestras y recoger toda la información necesaria
para el desempeño de su función de control y seguimiento del cumplimiento del condicionado establecido.
Residuos:
4. El titular de la instalación industrial deberá llevar un registro de la gestión de todos los
residuos gestionados y generados.
5. E
ntre el contenido del registro de Residuos deberá constar la cantidad, naturaleza, identificación del residuo, origen y destino de los mismos.
6. E
l contenido del registro deberá ajustarse a lo establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril,
de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
7. E
n su caso, antes de dar traslado de los residuos peligrosos a una instalación para su valorización o eliminación deberá solicitar la admisión de los residuos y contar con el documento
de aceptación de los mismos por parte del gestor destinatario de los residuos.
8. A
simismo, el titular de la instalación deberá registrar y conservar los documentos de aceptación de los residuos peligrosos en las instalaciones de tratamiento, valorización o eliminación y los ejemplares de los documentos de control y seguimiento de origen y destino de
los residuos por un periodo de cinco años.
Vertidos:
9. N
o se establecen medidas adicionales a las que determine la Confederación Hidrográfica del
Guadiana o el Ayuntamiento en su autorización administrativa de vertido.
Lunes 14 de octubre de 2024
50328
g) Vigilancia y seguimiento
1. S
iempre que no se especifique lo contrario, el muestreo y análisis de todos los contaminantes, se realizarán con arreglo a las normas CEN. En ausencia de las normas CEN, se
aplicarán las normas ISO, las normas nacionales, las normas internacionales u otros métodos alternativos que estén validados o acreditados, siempre que garanticen la obtención
de datos de calidad científica equivalente.
2. C
on independencia de los controles referidos en los apartados siguientes, la DGS, podrá
efectuar y requerir al titular de la planta cuantos análisis e inspecciones estime convenientes para comprobar el rendimiento y funcionamiento de las instalaciones autorizadas.
3. S
e deberá prestar al personal acreditado por la administración competente toda la asistencia necesaria para que ésta pueda llevar a cabo cualquier inspección de las instalaciones
relacionadas con la AAU, así como tomar muestras y recoger toda la información necesaria
para el desempeño de su función de control y seguimiento del cumplimiento del condicionado establecido.
Residuos:
4. El titular de la instalación industrial deberá llevar un registro de la gestión de todos los
residuos gestionados y generados.
5. E
ntre el contenido del registro de Residuos deberá constar la cantidad, naturaleza, identificación del residuo, origen y destino de los mismos.
6. E
l contenido del registro deberá ajustarse a lo establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril,
de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
7. E
n su caso, antes de dar traslado de los residuos peligrosos a una instalación para su valorización o eliminación deberá solicitar la admisión de los residuos y contar con el documento
de aceptación de los mismos por parte del gestor destinatario de los residuos.
8. A
simismo, el titular de la instalación deberá registrar y conservar los documentos de aceptación de los residuos peligrosos en las instalaciones de tratamiento, valorización o eliminación y los ejemplares de los documentos de control y seguimiento de origen y destino de
los residuos por un periodo de cinco años.
Vertidos:
9. N
o se establecen medidas adicionales a las que determine la Confederación Hidrográfica del
Guadiana o el Ayuntamiento en su autorización administrativa de vertido.