Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063283)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de implantación de casa rural, cuyo promotor es Jaime García Mayoral, en el término municipal de Villanueva de la Vera. Expte.: IA23/1958.
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NÚMERO 200
Lunes 14 de octubre de 2024
50355
— conforme a lo establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
— Gestión de aguas residuales. Según la documentación aportada por el promotor, la
red de saneamiento estará formada por fosa séptica con filtro biológico de 2.000
litros de capacidad, para el tratamiento de aguas residuales, asimismo indica que
las aguas pluviales serán recogidas y drenadas al terreno dentro de la propia parcela, por lo que se producirá vertido. En este sentido, queda prohibido con carácter
general el vertido directo o indirecto de aguas y productos residuales susceptibles
de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento del dominio público hidráulico, salvo que se cuente con la previa autorización. Dicha autorización
corresponde a la Confederación Hidrográfica del Tajo, salvo en los casos de vertidos
efectuados en cualquier punto de la red de alcantarillado o de colectores gestionados por las Administraciones autonómicas o locales por entidades dependientes de
las mismas, en los que la autorización corresponderá al órgano autonómico o local
competente.
— La iluminación exterior se dirigirá hacia abajo y se procurará utilizar bombillas de
bajo consumo, con objeto de minimizar la posible contaminación lumínica derivada y
las molestias a la fauna silvestre del entorno. Evitar la contaminación lumínica nocturna por farolas o focos. Usar preferentemente iluminación en puntos bajos apantallados o cualquier otra fórmula que garantice la discreción paisajística nocturna.
d. Medidas de integración paisajística.
— Se integrará paisajísticamente cualquier edificación, construcción y/o instalación
proyectada (colores naturales, evitar materiales reflectantes como galvanizados en
depósitos, cubiertas, etc.), justificando su adecuación a las características naturales
y culturales del paisaje, respetándose el campo visual y la armonía del conjunto.
— Se crearán y/o mantendrán pantallas vegetales, implantando especies arbóreas y/o
arbustivas autóctonas alrededor de las edificaciones, a fin de minimizar el impacto
paisajístico y de conseguir un entorno más naturalizado que el existente en la actualidad. Las plantaciones se realizarán en bosquetes, evitándose formas y marcos
regulares.
— Las plantas a utilizar deberán estar libres de agentes patógenos y provenir de vivero
certificado.
— Se asegurará el éxito de las plantaciones, para lo cual se realizará un mantenimiento
adecuado, así como la reposición de las marras que fueran necesarias. Se realizarán
Lunes 14 de octubre de 2024
50355
— conforme a lo establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
— Gestión de aguas residuales. Según la documentación aportada por el promotor, la
red de saneamiento estará formada por fosa séptica con filtro biológico de 2.000
litros de capacidad, para el tratamiento de aguas residuales, asimismo indica que
las aguas pluviales serán recogidas y drenadas al terreno dentro de la propia parcela, por lo que se producirá vertido. En este sentido, queda prohibido con carácter
general el vertido directo o indirecto de aguas y productos residuales susceptibles
de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento del dominio público hidráulico, salvo que se cuente con la previa autorización. Dicha autorización
corresponde a la Confederación Hidrográfica del Tajo, salvo en los casos de vertidos
efectuados en cualquier punto de la red de alcantarillado o de colectores gestionados por las Administraciones autonómicas o locales por entidades dependientes de
las mismas, en los que la autorización corresponderá al órgano autonómico o local
competente.
— La iluminación exterior se dirigirá hacia abajo y se procurará utilizar bombillas de
bajo consumo, con objeto de minimizar la posible contaminación lumínica derivada y
las molestias a la fauna silvestre del entorno. Evitar la contaminación lumínica nocturna por farolas o focos. Usar preferentemente iluminación en puntos bajos apantallados o cualquier otra fórmula que garantice la discreción paisajística nocturna.
d. Medidas de integración paisajística.
— Se integrará paisajísticamente cualquier edificación, construcción y/o instalación
proyectada (colores naturales, evitar materiales reflectantes como galvanizados en
depósitos, cubiertas, etc.), justificando su adecuación a las características naturales
y culturales del paisaje, respetándose el campo visual y la armonía del conjunto.
— Se crearán y/o mantendrán pantallas vegetales, implantando especies arbóreas y/o
arbustivas autóctonas alrededor de las edificaciones, a fin de minimizar el impacto
paisajístico y de conseguir un entorno más naturalizado que el existente en la actualidad. Las plantaciones se realizarán en bosquetes, evitándose formas y marcos
regulares.
— Las plantas a utilizar deberán estar libres de agentes patógenos y provenir de vivero
certificado.
— Se asegurará el éxito de las plantaciones, para lo cual se realizará un mantenimiento
adecuado, así como la reposición de las marras que fueran necesarias. Se realizarán