Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063220)
Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda modificativa del Convenio de Colaboración de fecha 28 de noviembre de 2022, entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la empresa "Interurbana de Autocares, SA", para la gestión de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad previstas en el Decreto 83/2017, de 13 de junio, y otras prestaciones propias de la explotación de los servicios de transporte público regular y de uso general de viajeros por carretera VAC-206, durante los años 2023 a 2025, a los efectos de lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 200
Lunes 14 de octubre de 2024
50171
Introducción
Mediante Resolución de 12 de abril de 2024, de la Secretaría General, publicada en el DOE
núm. 80, con fecha 25 de abril de 2024, se aprueba la convocatoria pública de concesión de
subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de
uso general de viajeros por carretera y se dictan las condiciones de aplicación de la subvención del 100% del precio del billete, para el año 2024.
Dicha resolución establece las condiciones de aplicación de la subvención del 100 % del importe de billete y la concesión del Abono de Transporte Gratuito (en adelante ATG).
El presente protocolo técnico pretende definir las condiciones informáticas mínimas de ejecución de la prestación del servicio a los titulares del Abono de Transporte Gratuito (ATG), así
como los requisitos necesarios en la comunicación entre empresas colaboradoras y la Administración.
Parte de este protocolo tiene en consideración el sistema utilizado desde hace años para validación de tarjeta SATE y su comunicación a la Dirección General de Movilidad y Transportes.
De hecho, antes de detallar las novedades y condiciones de ejecución, es conveniente establecer unas líneas maestras que fijen un marco actuación:
1. L
as tarjetas actuales de transporte subvencionado (SATE) siguen siendo válidas en
función de la Lista Blanca de beneficiarios que mensualmente aporta la D. G. de Transportes a las empresas colaboradoras.
2. E
stas tarjetas forman parte del conjunto de Abonos de Transporte Gratuito, quiere esto
decir que todas sin excepción y en caso de estar en Lista Blanca pasan a garantizar un
descuento del 100% en el precio del billete; sin excepción.
3. L
as tarjetas que se emitan acogidas a la actual resolución que regula la convocatoria
de 2024 serán todas Abonos de Transporte Gratuito, por lo que igualmente suponen al
titular un descuento del 100% en el precio del billete.
4. T
anto las tarjetas SATE que comiencen enero de 2024 como tarjetas válidas, como los
ATG emitidas a partir de esa fecha no caducarán durante todo el año 2024.
Establecidas estas consideraciones, se ha establecido un protocolo que suponga el menor proceso de adaptación posible a las empresas que ya colaboran en la gestión de la tarjeta SATE,
abriendo además posibilidades a la situación actual de las empresas, las cuales pueden estar
afrontando procesos de cambio en sus sistemas informáticos y de gestión en el transporte de
viajeros.
Lunes 14 de octubre de 2024
50171
Introducción
Mediante Resolución de 12 de abril de 2024, de la Secretaría General, publicada en el DOE
núm. 80, con fecha 25 de abril de 2024, se aprueba la convocatoria pública de concesión de
subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de
uso general de viajeros por carretera y se dictan las condiciones de aplicación de la subvención del 100% del precio del billete, para el año 2024.
Dicha resolución establece las condiciones de aplicación de la subvención del 100 % del importe de billete y la concesión del Abono de Transporte Gratuito (en adelante ATG).
El presente protocolo técnico pretende definir las condiciones informáticas mínimas de ejecución de la prestación del servicio a los titulares del Abono de Transporte Gratuito (ATG), así
como los requisitos necesarios en la comunicación entre empresas colaboradoras y la Administración.
Parte de este protocolo tiene en consideración el sistema utilizado desde hace años para validación de tarjeta SATE y su comunicación a la Dirección General de Movilidad y Transportes.
De hecho, antes de detallar las novedades y condiciones de ejecución, es conveniente establecer unas líneas maestras que fijen un marco actuación:
1. L
as tarjetas actuales de transporte subvencionado (SATE) siguen siendo válidas en
función de la Lista Blanca de beneficiarios que mensualmente aporta la D. G. de Transportes a las empresas colaboradoras.
2. E
stas tarjetas forman parte del conjunto de Abonos de Transporte Gratuito, quiere esto
decir que todas sin excepción y en caso de estar en Lista Blanca pasan a garantizar un
descuento del 100% en el precio del billete; sin excepción.
3. L
as tarjetas que se emitan acogidas a la actual resolución que regula la convocatoria
de 2024 serán todas Abonos de Transporte Gratuito, por lo que igualmente suponen al
titular un descuento del 100% en el precio del billete.
4. T
anto las tarjetas SATE que comiencen enero de 2024 como tarjetas válidas, como los
ATG emitidas a partir de esa fecha no caducarán durante todo el año 2024.
Establecidas estas consideraciones, se ha establecido un protocolo que suponga el menor proceso de adaptación posible a las empresas que ya colaboran en la gestión de la tarjeta SATE,
abriendo además posibilidades a la situación actual de las empresas, las cuales pueden estar
afrontando procesos de cambio en sus sistemas informáticos y de gestión en el transporte de
viajeros.