Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Cartas De Servicios. (2024063270)
Resolución de 4 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la actualización de la "Carta de Servicios del Diario Oficial de Extremadura" y se dispone su publicación.
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NÚMERO 199
Viernes 11 de octubre de 2024

49792

— Formular sugerencias o plantear quejas o reclamaciones en relación con el servicio prestado. Para ello se pone a disposición del usuario una dirección de correo electrónico:
doe@juntaex.es. Aunque también puede realizarlas por cualquier otro medio del que
se permita tener constancia. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de plantear quejas
y sugerencias sobre el funcionamiento de las unidades administrativas de la Junta de
Extremadura, previsto con carácter general en el Decreto 139/2000, de 13 de junio, por
el que se regula la información administrativa y atención al ciudadano.
— Obtener copias auténticas impresas de las publicaciones del DOE, previo abono de la
tasa que, en su caso proceda.
— Obtener documentos con su firma electrónica, y comprobación de su autenticidad. Todos los archivos publicados en formato PDF están firmados con un certificado de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre a nombre de la Junta de Extremadura, que garantiza
la oficialidad e integridad de los mismos. Mediante Resolución de 24 de julio de 2024 se
crea el sello electrónico denominado “Sello Electrónico Diario Oficial de Extremadura”,
que se utiliza en las publicaciones a partir del 14 de agosto de 2024. Asimismo todos
los archivos incorporan un código de validación electrónico (cve) que permite verificar
la autenticidad de cualquier copia impresa comprobando visualmente si el contenido del
mismo coincide con el contenido del documento publicado en su día por el DOE.
— Identificar al personal encargado de la gestión de la publicación en el DOE. Para facilitar
dicha identificación, publicaremos en la web del DOE, a disposición de los usuarios y
usuarias, una relación de ese personal.
6. C
 ompromisos de calidad.
1. S
 ervicio de publicaciones.


1.1. P
 ublicación oficial del DOE en la sede electrónica todos los días hábiles, antes de
las 8:00 horas del día que corresponda la publicación.



— I ndicador: porcentaje de días en los que el DOE se publica antes de las 8:00
horas.



1.2. I nserción de los anuncios en un plazo medio de 5 días hábiles desde su recepción
en el Servicio del DOE a través del Registro.




— Indicador: porcentaje de publicaciones realizadas en los plazos comprometidos.

1.3. I nserción de los anuncios que conlleven pago de la tasa en un plazo máximo de 3
días hábiles desde la recepción del justificante de abono de la tasa.