Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063233)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) y Fundación Secretariado Gitano (FSG) de Extremadura para la formación en sensibilización del personal técnico de empleo y la redacción de un protocolo para una atención igualitaria a personas de etnia gitana.
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NÚMERO 199
Viernes 11 de octubre de 2024
49750
Corresponde al RESPONSABLE del tratamiento:
— Entregar al ENCARGADO los datos necesarios para la prestación de servicios a los que
se refieren estas instrucciones.
— Realizar cuando así lo exija la normativa una evaluación del impacto en la protección de
datos personales de las operaciones de tratamiento a realizar por el ENCARGADO.
— Realizar las consultas previas que corresponda ante las Autoridades de Protección de
Datos.
— Velar, de forma previa y durante todo el tratamiento, por el cumplimiento del RGPD y
LOPDGDD por parte del ENCARGADO.
— Supervisar el tratamiento de los datos, incluida la realización de inspecciones y auditorías.
6. I ncumplimiento.
El incumplimiento por parte del ENCARGADO de las obligaciones referidas en las presentes
instrucciones comportará que sea considerado también responsable del tratamiento, respondiendo ante las Autoridades de Protección de Datos.
7. R
esponsabilidad.
Tanto el RESPONSABLE como el ENCARGADO responderán de la totalidad de los daños y
perjuicios que se irroguen a la otra parte en todos los supuestos de conducta negligente o
culposa en el cumplimiento de las obligaciones que respectivamente les incumben, a tenor
de lo pactado en las presentes instrucciones.
Ninguna de las partes asumirá responsabilidad alguna por la no ejecución o el retraso en
la ejecución de cualquiera de las obligaciones en virtud de las presentes instrucciones si
tal falta de ejecución o retraso resultara o fuera consecuencia de un supuesto de fuerza
mayor o caso fortuito admitido como tal por la Jurisprudencia, en particular: los desastres
naturales, la guerra, el estado de sitio, las alteraciones de orden público, la huelga en los
transportes, el corte de suministro eléctrico o cualquier otra medida excepcional adoptada
por las autoridades administrativas o gubernamentales.
8. C
onfidencialidad.
El ENCARGADO garantiza que mantendrá la más estricta confidencialidad y expreso cumplimiento del deber de secreto profesional en relación con los asuntos del RESPONSABLE
Viernes 11 de octubre de 2024
49750
Corresponde al RESPONSABLE del tratamiento:
— Entregar al ENCARGADO los datos necesarios para la prestación de servicios a los que
se refieren estas instrucciones.
— Realizar cuando así lo exija la normativa una evaluación del impacto en la protección de
datos personales de las operaciones de tratamiento a realizar por el ENCARGADO.
— Realizar las consultas previas que corresponda ante las Autoridades de Protección de
Datos.
— Velar, de forma previa y durante todo el tratamiento, por el cumplimiento del RGPD y
LOPDGDD por parte del ENCARGADO.
— Supervisar el tratamiento de los datos, incluida la realización de inspecciones y auditorías.
6. I ncumplimiento.
El incumplimiento por parte del ENCARGADO de las obligaciones referidas en las presentes
instrucciones comportará que sea considerado también responsable del tratamiento, respondiendo ante las Autoridades de Protección de Datos.
7. R
esponsabilidad.
Tanto el RESPONSABLE como el ENCARGADO responderán de la totalidad de los daños y
perjuicios que se irroguen a la otra parte en todos los supuestos de conducta negligente o
culposa en el cumplimiento de las obligaciones que respectivamente les incumben, a tenor
de lo pactado en las presentes instrucciones.
Ninguna de las partes asumirá responsabilidad alguna por la no ejecución o el retraso en
la ejecución de cualquiera de las obligaciones en virtud de las presentes instrucciones si
tal falta de ejecución o retraso resultara o fuera consecuencia de un supuesto de fuerza
mayor o caso fortuito admitido como tal por la Jurisprudencia, en particular: los desastres
naturales, la guerra, el estado de sitio, las alteraciones de orden público, la huelga en los
transportes, el corte de suministro eléctrico o cualquier otra medida excepcional adoptada
por las autoridades administrativas o gubernamentales.
8. C
onfidencialidad.
El ENCARGADO garantiza que mantendrá la más estricta confidencialidad y expreso cumplimiento del deber de secreto profesional en relación con los asuntos del RESPONSABLE