Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063232)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) y Fundación Integralia DKV (Integralia Call Extremadura) para ofrecer formación y oportunidades laborales basadas en la programación y el teletrabajo a personas residentes en zonas rurales.
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NÚMERO 199
Viernes 11 de octubre de 2024

49717

ANEXO II
INSTRUCCIONES PARA EL ENCARGO DE TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
DEL SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO A LA FUNDACIÓN INTEGRALIA DKV (INTEGRALIA CALL EXTREMADURA), INCLUIDO EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL CONVENIO
DE COLABORACIÓN “PARA OFRECER FORMACIÓN Y OPORTUNIDADES LABORALES BASADAS
EN LA PROGRAMACIÓN Y EL TELETRABAJO”
JUSTIFICACIÓN
La entidad FUNDACIÓN INTEGRALIA DKV (INTEGRALIA CALL EXTREMADURA que suscribe el Convenio de Colaboración con el Servicio Púbico de Empleo (SEXPE), respecto a los datos de carácter
personal del personal técnico de empleo cuyo tratamiento sea responsable el SEXPE, adquiere la
condición de “ENCARGADO DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES” asumiendo íntegramente
las funciones y compromisos que se describen en las presentes instrucciones en los términos del
artículo 28.3 Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de
2016, Reglamento general de protección de datos, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante RGPD).
Las presentes instrucciones constituyen el acto jurídico que vinculan al encargado respecto del
responsable y establece el objeto, la duración, la naturaleza y la finalidad del tratamiento, el tipo
de datos personales y categoría de interesados, y las obligaciones y derechos del responsable.
Para el cumplimiento del objeto del Convenio es necesario que el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO tenga acceso y realice tratamientos de datos de carácter personal del personal técnico
de empleo del SEXPE que sean formados, responsabilidad del RESPONSABLE del tratamiento.
INSTRUCCIONES PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS
I. Objeto del encargo.
Mediante las presentes cláusulas se habilita al ENCARGADO del tratamiento, para tratar
por cuenta del RESPONSABLE de tratamiento, las siguientes actividades de tratamientos:
Tratamientos identificados 1/ Datos
Tratamientos: acceso, consulta, comunicación, utilización.
Datos personales: NIF, identificación, dirección, firma, correo electrónico, condición empleado público,
categoría laboral.