Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063259)
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de plantación y puesta en riego por goteo de 43 ha de olivar súper-intensivo, a ejecutar en el polígono 234 parcela 19, del término municipal de Badajoz. Expte.: IA23/1016.
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NÚMERO 199
Viernes 11 de octubre de 2024

49881

RESOLUCIÓN de 1 de octubre de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del
proyecto de plantación y puesta en riego por goteo de 43 ha de olivar súperintensivo, a ejecutar en el polígono 234 parcela 19, del término municipal de
Badajoz. Expte.: IA23/1016. (2024063259)
El proyecto de plantación y puesta en riego por goteo de 43 ha de olivar súper-intensivo,
a ejecutar en el polígono 234, parcela 19, del término municipal de Badajoz, se encuentra
sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria según lo establecido en la Resolución de
26 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental de sometimiento a evaluación ambiental ordinaria del proyecto de
implantación de olivar superintensivo y puesta en riego de 43 ha en la finca Los Enviciados,
cuyo promotor es D. Toribio Gragera Paredes, en el término municipal de Badajoz. Expte.:
IA21/1647, publicada en el DOE número 23, de 2 de febrero de 2023.
En dicha resolución se estableció que el citado proyecto podría afectar negativamente a los
hábitats naturales y su fauna y flora asociada, al sistema hidrológico y calidad de las aguas,
así como al patrimonio arqueológico. Es por ello que dicho proyecto, previsiblemente, causará
efectos significativos sobre el medio ambiente y que las medidas previstas por el promotor no
son una garantía suficiente de su completa corrección o su adecuada compensación.
Procede por tanto formular la declaración de impacto ambiental del proyecto previamente
a su autorización administrativa, de conformidad con el artículo 63 y siguientes de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura
y el artículo 33 y siguientes de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativo
al proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023,
de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente declaración de impacto ambiental analiza los principales elementos considerados
en la evaluación ambiental practicada: el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA),
el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas.
A. Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1 Promotor y órgano sustantivo del proyecto.