Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024063222)
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada del centro autorizado de tratamiento de vehículos al final de su vida útil, cuya promotora es Desguaces Extremadura, CB, en el término municipal de Puebla de Sancho Pérez.
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NÚMERO 198
Jueves 10 de octubre de 2024
49403
• Para evitar niveles de inmisión elevados de partículas en suspensión durante la fase de
obras, se procederá al riego sistemático de las superficies que puedan provocar este tipo
de contaminación.
• Las áreas donde se desarrollen trabajos de obra deberán estar dotadas de bidones y otros
elementos adecuados de recogida de residuos sólidos y líquidos de obra (aceites, grasa,
piezas sustituidas, etc.), así como las basuras generadas por el personal empleado.
• Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley 7/2022,
de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Deberán
habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en función de
su tipología, clasificación y compatibilidad.
• Una vez terminadas las obras se procederá a la limpieza general de las áreas afectadas,
retirando las instalaciones temporales, escombros y cualquier tipo de residuo generado
por las máquinas, que serán entregados a gestor de residuos autorizado. En caso de
producirse un volumen sobrante de tierras, no estará permitido su vertido incontrolado,
sino que deberán ser entregadas a gestor autorizado. Se pondrá especial atención en
la retirada de cualquier material no biodegradable o contaminante que se produzca a la
hora de realizar los trabajos (embalajes, plásticos, metales, etc.). Estos residuos deberán almacenarse de forma separada y gestionarse por gestor autorizado.
• Si durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico,
el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su
descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de Cultura”.
c. Medidas en fase de explotación.
• Toda la superficie de la instalación deberá estar dotada de pavimento impermeable. La
zona deberá estar vallada o cerrada en todo su perímetro.
• La zona de recepción de vehículos antes de su descontaminación, será sobre pavimento
impermeable con instalaciones de recogida y tratamiento de aguas, incluido separador
de hidrocarburos, antes de su vertido por ser zona no cubierta de acuerdo con el RD
265/2021, de 13 de abril. Como medida preventiva ante vehículos recepcionados que
provienen de accidentes o siniestros de cualquier tipo, estos deberán ser descargados en
la zona de descontaminación en el interior de la nave.
• El almacenamiento de componentes retirados de vehículos, y descontaminación deberán
ser en zonas cubiertas.
Jueves 10 de octubre de 2024
49403
• Para evitar niveles de inmisión elevados de partículas en suspensión durante la fase de
obras, se procederá al riego sistemático de las superficies que puedan provocar este tipo
de contaminación.
• Las áreas donde se desarrollen trabajos de obra deberán estar dotadas de bidones y otros
elementos adecuados de recogida de residuos sólidos y líquidos de obra (aceites, grasa,
piezas sustituidas, etc.), así como las basuras generadas por el personal empleado.
• Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley 7/2022,
de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Deberán
habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en función de
su tipología, clasificación y compatibilidad.
• Una vez terminadas las obras se procederá a la limpieza general de las áreas afectadas,
retirando las instalaciones temporales, escombros y cualquier tipo de residuo generado
por las máquinas, que serán entregados a gestor de residuos autorizado. En caso de
producirse un volumen sobrante de tierras, no estará permitido su vertido incontrolado,
sino que deberán ser entregadas a gestor autorizado. Se pondrá especial atención en
la retirada de cualquier material no biodegradable o contaminante que se produzca a la
hora de realizar los trabajos (embalajes, plásticos, metales, etc.). Estos residuos deberán almacenarse de forma separada y gestionarse por gestor autorizado.
• Si durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico,
el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su
descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de Cultura”.
c. Medidas en fase de explotación.
• Toda la superficie de la instalación deberá estar dotada de pavimento impermeable. La
zona deberá estar vallada o cerrada en todo su perímetro.
• La zona de recepción de vehículos antes de su descontaminación, será sobre pavimento
impermeable con instalaciones de recogida y tratamiento de aguas, incluido separador
de hidrocarburos, antes de su vertido por ser zona no cubierta de acuerdo con el RD
265/2021, de 13 de abril. Como medida preventiva ante vehículos recepcionados que
provienen de accidentes o siniestros de cualquier tipo, estos deberán ser descargados en
la zona de descontaminación en el interior de la nave.
• El almacenamiento de componentes retirados de vehículos, y descontaminación deberán
ser en zonas cubiertas.