Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024063222)
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada del centro autorizado de tratamiento de vehículos al final de su vida útil, cuya promotora es Desguaces Extremadura, CB, en el término municipal de Puebla de Sancho Pérez.
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NÚMERO 198
Jueves 10 de octubre de 2024

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para el desempeño de su función de control y seguimiento del cumplimiento del condicionado establecido.
Residuos:
4. E
 l titular de la instalación industrial deberá llevar un registro de la gestión de todos los
residuos gestionados y generados.
5. E
 ntre el contenido del registro de residuos deberá constar la cantidad, naturaleza, identificación del residuo, origen y destino de los mismos.
6. E
 l contenido del registro deberá ajustarse a lo establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril,
de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
7. E
 n su caso, antes de dar traslado de los residuos peligrosos a una instalación para su valorización o eliminación deberá solicitar la admisión de los residuos y contar con el documento
de aceptación de los mismos por parte del gestor destinatario de los residuos.
8. A
 simismo, el titular de la instalación deberá registrar y conservar los documentos de aceptación de los residuos peligrosos en las instalaciones de tratamiento, valorización o eliminación y los ejemplares de los documentos de control y seguimiento de origen y destino de
los residuos por un periodo de, al menos, cinco años.
Vertidos:
9.El titular deberá disponer de la correspondiente autorización de vertidos. No se establecen
medidas adicionales a las que determine la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Suelos contaminados:
10. P
 or la AAU se considerará que el titular de la instalación industrial habrá cumplido con la
obligación de presentar el informe preliminar del suelo a ocupar por el complejo industrial,
a efectos de lo dispuesto por el artículo 3.1 del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por
el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y
los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
11. E
 l titular de la instalación habrá de presentar para su aprobación por parte de la DGS en
el plazo de 1 año desde la resolución de esta AAU, un plan de control y seguimiento de
los elementos con riesgo potencial de contaminación del suelo, que se aplicará desde el
inicio de la actividad.