Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024063222)
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada del centro autorizado de tratamiento de vehículos al final de su vida útil, cuya promotora es Desguaces Extremadura, CB, en el término municipal de Puebla de Sancho Pérez.
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NÚMERO 198
49377
Jueves 10 de octubre de 2024
RESIDUO
ORIGEN
LER
Anticongelantes que
contienen sustancias
peligrosas
16 01 14*
Componentes peligrosos distintos de
los especificados en
los códigos 16 01 07
a 16 01 11; 16 01 13
y 16 01 14
16 01 21*
Baterías NI-Cd de coches eléctricos
16 06 02*
Componentes no especificados en otra
categoría
Residuos no especificados en otra categoría
Pilas que contienen
mercurio
CANTIDAD
ANUAL
ESTIMADA
CAPACIDAD MAX.
ALMACEN. (t y m3) y
SUPERFICIE (m2)
50 L
360 l
Contenedores 50 l
UBICACIÓN
Zona de Contenedores
Cobertizo
10 kg
Contenedor 20 l
5 kg
Cobertizo
200 kg
Contenedor 10 l
16 01 22
20 kg
16 01 99
Contenedor 50 l
5 m2
5 kg
16 06 03*
Contenedor 10 l
Gases en recipientes
a presión (incluidos
los halones) que contienen sustancias peligrosas
16 05 04*
Baterías de plomo
16 06 01*
1000 ud
Mezcla de grasas e
hidrocarburos
19 08 10*
-
Tubos fluorescentes
20 01 21*
100 ud
2100 kg
10 kg
Zona de Contenedores
Cobertizo
Contenedores
50 ud
1t
0,67 m3
50 L
Depósito 50 l
10 ud
Contenedor 20 l
Interior de
nave
2 m2
Cobertizo
5 m2
Cobertizo
5 m2
31. L
a generación de cualquier otro residuo no mencionado, deberá ser comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad (DGS), con objeto de evaluarse la gestión más adecuada que deberá llevar a cabo el titular de la instalación industrial y su autorización.
32. E
l titular de la instalación industrial deberá indicar y acreditar a la DGS qué tipo de gestión y qué gestores autorizados o inscritos conforme a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una economía circular se harán cargo de los residuos
generados por la actividad, con el fin último de su valorización o eliminación, incluyendo
los residuos asimilables a urbanos. Esta comunicación deberá efectuar cada vez que se
lleve a cabo un cambio de gestión del residuo o gestor autorizado.
33. E
l titular de la instalación deberá cumplir con las obligaciones de gestión de residuos correspondientes a los productores de residuos establecidas en la normativa de aplicación
en cada momento.
49377
Jueves 10 de octubre de 2024
RESIDUO
ORIGEN
LER
Anticongelantes que
contienen sustancias
peligrosas
16 01 14*
Componentes peligrosos distintos de
los especificados en
los códigos 16 01 07
a 16 01 11; 16 01 13
y 16 01 14
16 01 21*
Baterías NI-Cd de coches eléctricos
16 06 02*
Componentes no especificados en otra
categoría
Residuos no especificados en otra categoría
Pilas que contienen
mercurio
CANTIDAD
ANUAL
ESTIMADA
CAPACIDAD MAX.
ALMACEN. (t y m3) y
SUPERFICIE (m2)
50 L
360 l
Contenedores 50 l
UBICACIÓN
Zona de Contenedores
Cobertizo
10 kg
Contenedor 20 l
5 kg
Cobertizo
200 kg
Contenedor 10 l
16 01 22
20 kg
16 01 99
Contenedor 50 l
5 m2
5 kg
16 06 03*
Contenedor 10 l
Gases en recipientes
a presión (incluidos
los halones) que contienen sustancias peligrosas
16 05 04*
Baterías de plomo
16 06 01*
1000 ud
Mezcla de grasas e
hidrocarburos
19 08 10*
-
Tubos fluorescentes
20 01 21*
100 ud
2100 kg
10 kg
Zona de Contenedores
Cobertizo
Contenedores
50 ud
1t
0,67 m3
50 L
Depósito 50 l
10 ud
Contenedor 20 l
Interior de
nave
2 m2
Cobertizo
5 m2
Cobertizo
5 m2
31. L
a generación de cualquier otro residuo no mencionado, deberá ser comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad (DGS), con objeto de evaluarse la gestión más adecuada que deberá llevar a cabo el titular de la instalación industrial y su autorización.
32. E
l titular de la instalación industrial deberá indicar y acreditar a la DGS qué tipo de gestión y qué gestores autorizados o inscritos conforme a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una economía circular se harán cargo de los residuos
generados por la actividad, con el fin último de su valorización o eliminación, incluyendo
los residuos asimilables a urbanos. Esta comunicación deberá efectuar cada vez que se
lleve a cabo un cambio de gestión del residuo o gestor autorizado.
33. E
l titular de la instalación deberá cumplir con las obligaciones de gestión de residuos correspondientes a los productores de residuos establecidas en la normativa de aplicación
en cada momento.