Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063185)
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Valverde del Fresno para la ejecución de la actuación de cohesión entre destinos denominada "Puesta en valor de resto en Salvaleón y espacio de visitantes en Valverde del Fresno", integrada en la ACD "Corredor Rayano", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea Next-Generation EU".
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NÚMERO 198
Jueves 10 de octubre de 2024

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3. L
 as actuaciones estarán sometidas al seguimiento y control que se ha establecido para el
PRTR, así como a las obligaciones específicas relativas a la información y publicidad, control, verificación, seguimiento y demás obligaciones impuestas por la normativa estatal,
autonómica y de la Unión Europea para el Mecanismo.
Todas las convocatorias, licitaciones, convenios y resto de documentación relacionada
con la ejecución de la actuación, que se desarrollen en el ámbito de este convenio, deberán contener tanto en su encabezamiento como en su cuerpo de desarrollo la siguiente
referencia “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión
Europea-NextGenerationUE”
Además, se pondrá el presente convenio a disposición de la ciudadanía en el correspondiente Portal de Transparencia, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley
19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y demás normativa de desarrollo de la misma.
Así mismo, el presente convenio, una vez suscrito, se inscribirá en el Registro General de
Convenios de la Comunidad Autónoma (artículo 6 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura) y será publicado en el Diario Oficial de Extremadura en
los términos establecidos en el artículo 10 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno
Abierto de Extremadura y en el artículo 8 del Decreto 217/2013.
Decimotercera. Responsabilidad patrimonial.
De conformidad con lo previsto en el capítulo IV del título preliminar de la mencionada Ley
40/2015, de 1 de octubre, si de la ejecución de la actuación derivada del presente convenio se
produjeran lesiones en los bienes y derechos de los particulares, la responsabilidad patrimonial a que en su caso dieren lugar será del Ayuntamiento de Valverde del Fresno, salvo que la
actuación se llevase a cabo en cumplimiento de una orden, indicación, acuerdo o Resolución
expresa de la Junta de Extremadura, en cuyo caso, sería esta última la responsable única. Los
mismos efectos se producen en caso de acuerdo de la comisión de seguimiento adoptado por
el voto de calidad de la Presidencia.
Decimocuarta. Incumplimiento y reintegro.
En caso de incumplimiento por alguna de las partes de las obligaciones y compromisos asumidos, la otra parte podrá requerir el correcto cumplimiento en un plazo de cinco días hábiles,
conforme a lo previsto en el artículo 51.2 c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Si persistie-

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