Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063185)
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Valverde del Fresno para la ejecución de la actuación de cohesión entre destinos denominada "Puesta en valor de resto en Salvaleón y espacio de visitantes en Valverde del Fresno", integrada en la ACD "Corredor Rayano", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea Next-Generation EU".
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NÚMERO 198
Jueves 10 de octubre de 2024

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asistencias técnicas externas cuando sean contratadas directamente, como consultores,
si están directamente relacionadas y son esenciales para el desarrollo de las actuaciones,
siempre que estén justificadas, y no implique una externalización de tareas esenciales relacionadas con la consecución de los hitos y objetivos.
No tendrán la consideración de costes indirectos imputables, los gastos de gestión correspondientes a gastos de constitución, funcionamiento o estructura permanente habitual de
las entidades que se encarguen de la gestión de las actuaciones objeto de este convenio.
Las inversiones correspondientes a los tipos de actuaciones podrán ser financiables hasta
el 100 % de los costes objeto de financiación, considerando como tales los siguientes:
a) Las contrataciones externas de ingeniería, seguimiento y obra civil.
b) Los contratos de compra de equipos, incluyendo equipamiento tecnológico y equipos
informáticos, relacionados con las actuaciones financiables.
c) La adquisición de licencias de software de carácter especializado y destinado exclusivamente a la actuación y que posibilite la utilización adecuada del equipamiento adquirido.
d) Las contrataciones externas de consultoría, que se lleven a cabo dentro de la actuación
objeto del convenio como parte de la misma. Los estudios de viabilidad y de ingeniería
de detalle serán financiables siempre que sean necesarios para la realización de la actuación. De haberse realizado con anterioridad a la fecha de elegibilidad, su coste no
sería elegible.
e) L
 as contrataciones externas para trabajos de asesoramiento legal, notaría, asesoramiento técnico o financiero contabilidad o auditoría, si están directamente ligados al
proyecto y son necesarios para su preparación o desarrollo, siempre y cuando hubieran
sido contemplados en el presupuesto.
Los gastos financiables deben referirse, exclusivamente, a aquellos en los que se incurra para
la realización de las actuaciones previstas y que deberán cumplir los siguientes requisitos:
• Estar directamente relacionados con la ejecución de las actuaciones previstas y aprobadas.
• Ser gastos razonables en su cuantía. En ningún caso, el coste de los gastos financiables
podrá ser superior al valor de mercado.
• Haber sido contraídos antes del plazo de justificación de las actuaciones previstas por la
entidad local, atendiendo a los plazos de ejecución.
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea- NextGenerationUE