Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063180)
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y la Fundación Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón, por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del Proyecto "Red Extremeña de Prototipado y Fabricación Digital" en el ejercicio 2024.
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NÚMERO 197
Miércoles 9 de octubre de 2024
48862
que adquiera la firmeza la concesión de la ayuda compatible y en todo caso, antes de la
justificación del 100% de esta transferencia específica.
• Acreditar con carácter previo al pago único que se halla al corriente en las obligaciones
tributarias y frente a la Seguridad Social.
• Adoptar las medidas de identificación, comunicación y publicidad establecidas en el presente convenio.
• Llevar un sistema contable que permita verificar la correcta imputación de las operaciones financiadas con cargo al proyecto.
• Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos
los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
• Presentar la documentación justificativa de la ayuda en el plazo previsto en la cláusula
quinta.
• Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el presente convenio.
• Cualquier otra obligación prevista en el texto de este convenio.
Quinta. Ejecución del proyecto y forma de justificar.
1. L
a fecha de finalización de la ejecución del proyecto será el 31 de diciembre de 2024, sin
perjuicio de que a la transferencia específica que se formaliza mediante la suscripción de
este convenio puedan imputarse los gastos derivados de tal ejecución en los que haya incurrido desde el 1 de abril de 2024.
2. L
a justificación de las actuaciones realizadas durante toda la vigencia del convenio será
única y final y se podrá presentar hasta el 1 de marzo de 2025. En cuanto, a la forma de
justificar la ejecución de las actuaciones, deberá realizarse conforme a lo recogido en las
instrucciones contenidas en el Anexo II del presente convenio.
3. L
a Fundación CCMIJU, llevará una contabilidad y facturación pormenorizada y separada
para esta transferencia específica a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el
presente convenio. En todo caso, dispondrá de un sistema de contabilidad analítica de
las actuaciones realizadas a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente
convenio.
Miércoles 9 de octubre de 2024
48862
que adquiera la firmeza la concesión de la ayuda compatible y en todo caso, antes de la
justificación del 100% de esta transferencia específica.
• Acreditar con carácter previo al pago único que se halla al corriente en las obligaciones
tributarias y frente a la Seguridad Social.
• Adoptar las medidas de identificación, comunicación y publicidad establecidas en el presente convenio.
• Llevar un sistema contable que permita verificar la correcta imputación de las operaciones financiadas con cargo al proyecto.
• Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos
los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
• Presentar la documentación justificativa de la ayuda en el plazo previsto en la cláusula
quinta.
• Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el presente convenio.
• Cualquier otra obligación prevista en el texto de este convenio.
Quinta. Ejecución del proyecto y forma de justificar.
1. L
a fecha de finalización de la ejecución del proyecto será el 31 de diciembre de 2024, sin
perjuicio de que a la transferencia específica que se formaliza mediante la suscripción de
este convenio puedan imputarse los gastos derivados de tal ejecución en los que haya incurrido desde el 1 de abril de 2024.
2. L
a justificación de las actuaciones realizadas durante toda la vigencia del convenio será
única y final y se podrá presentar hasta el 1 de marzo de 2025. En cuanto, a la forma de
justificar la ejecución de las actuaciones, deberá realizarse conforme a lo recogido en las
instrucciones contenidas en el Anexo II del presente convenio.
3. L
a Fundación CCMIJU, llevará una contabilidad y facturación pormenorizada y separada
para esta transferencia específica a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el
presente convenio. En todo caso, dispondrá de un sistema de contabilidad analítica de
las actuaciones realizadas a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente
convenio.