Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063101)
Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de actuaciones forestales sobre 35,15 ha en el paraje Arrozauces, ubicado en el término municipal de Quintana de la Serena, promovido por Diego Manuel Barquero Hidalgo. Expte.: IA20/0750.
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NÚMERO 195
Lunes 7 de octubre de 2024
47852
que una vez estudiada la documentación presentada informa que el proyecto no afecta
a ninguna de las vías pecuarias clasificadas que discurren por el término municipal de
Quintana de la Serena.
6. C
on fecha 19 de junio de 2023, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural emite informe en el que se indica que no se ha tenido en cuenta en el
análisis de alternativas el posible efecto negativo sobre el patrimonio cultural en el área
determinada para cada una de las alternativas, además el documento no contiene ninguna valoración ni análisis sobre el patrimonio cultural. No consta igualmente que se
hayan recibido consultas por el equipo redactor de la información relativa al patrimonio
cultural en las áreas planteadas para cada alternativa propuesta. Dicha información
(Carta Arqueológica de Extremadura e inventario de Bienes Etnográficos) está disponible previa solicitud en las dependencias del Servicio de Patrimonio Cultural y Archivos
Históricos. Al no contar con la identificación de los posibles elementos del Patrimonio
Cultural que pudieran verse afectados, no pueden arbitrarse medidas preventivas y
correctoras concretas que anulen o palien las afecciones al Patrimonio Cultural. En este
sentido, dado que no se determina ni caracteriza los elementos de patrimonio cultural
que pudieran verse afectados por la implantación, las medidas preventivas y correctoras
que se determinan para la fase de construcción en el Programa de vigilancia ambiental
no se consideran adecuadas por su indefinición. De igual modo se deberían concretar
también acciones con respecto a los elementos del patrimonio cultural que pudieran
ser identificados para las fases de explotación y desmantelamiento. Finaliza el informe
realizando una serie de recomendaciones para realización por parte del equipo redactor
del documento ambiental que permitirán determinar la existencia de elementos de patrimonio cultural:
— Consulta previa de los documentos e inventarios (Carta Arqueológica de Extremadura e inventario de Bienes Etnográficos) en relación con las áreas de implantación del
proyecto disponibles previa solicitud en las dependencias del Servicio de Patrimonio
Cultural y Archivos Históricos.
— Realización de una prospección arqueológica superficial con carácter intensivo por
equipo técnico especializado en toda la superficie de las parcelas afectadas por este
proyecto, con el fin de evaluar si existen posibles afecciones a yacimientos arqueológicos o elementos etnográficos no detectados.
— Una vez realizada está prospección arqueológica será remitido informe técnico preceptivo a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural con copia, en su caso, al organismo que tuviera delegada esas competencias en función del
ámbito de actuación de la actividad. En el caso de que estos trabajos confirmaran la
Lunes 7 de octubre de 2024
47852
que una vez estudiada la documentación presentada informa que el proyecto no afecta
a ninguna de las vías pecuarias clasificadas que discurren por el término municipal de
Quintana de la Serena.
6. C
on fecha 19 de junio de 2023, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural emite informe en el que se indica que no se ha tenido en cuenta en el
análisis de alternativas el posible efecto negativo sobre el patrimonio cultural en el área
determinada para cada una de las alternativas, además el documento no contiene ninguna valoración ni análisis sobre el patrimonio cultural. No consta igualmente que se
hayan recibido consultas por el equipo redactor de la información relativa al patrimonio
cultural en las áreas planteadas para cada alternativa propuesta. Dicha información
(Carta Arqueológica de Extremadura e inventario de Bienes Etnográficos) está disponible previa solicitud en las dependencias del Servicio de Patrimonio Cultural y Archivos
Históricos. Al no contar con la identificación de los posibles elementos del Patrimonio
Cultural que pudieran verse afectados, no pueden arbitrarse medidas preventivas y
correctoras concretas que anulen o palien las afecciones al Patrimonio Cultural. En este
sentido, dado que no se determina ni caracteriza los elementos de patrimonio cultural
que pudieran verse afectados por la implantación, las medidas preventivas y correctoras
que se determinan para la fase de construcción en el Programa de vigilancia ambiental
no se consideran adecuadas por su indefinición. De igual modo se deberían concretar
también acciones con respecto a los elementos del patrimonio cultural que pudieran
ser identificados para las fases de explotación y desmantelamiento. Finaliza el informe
realizando una serie de recomendaciones para realización por parte del equipo redactor
del documento ambiental que permitirán determinar la existencia de elementos de patrimonio cultural:
— Consulta previa de los documentos e inventarios (Carta Arqueológica de Extremadura e inventario de Bienes Etnográficos) en relación con las áreas de implantación del
proyecto disponibles previa solicitud en las dependencias del Servicio de Patrimonio
Cultural y Archivos Históricos.
— Realización de una prospección arqueológica superficial con carácter intensivo por
equipo técnico especializado en toda la superficie de las parcelas afectadas por este
proyecto, con el fin de evaluar si existen posibles afecciones a yacimientos arqueológicos o elementos etnográficos no detectados.
— Una vez realizada está prospección arqueológica será remitido informe técnico preceptivo a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural con copia, en su caso, al organismo que tuviera delegada esas competencias en función del
ámbito de actuación de la actividad. En el caso de que estos trabajos confirmaran la