Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2024063192)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la redistribución del crédito de la convocatoria de subvenciones del programa de ayudas a las mujeres víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, al amparo de la Orden de 18 de diciembre de 2020, para el ejercicio 2023, según las bases reguladoras establecidas en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la Vivienda 2022-2025.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 195
Lunes 7 de octubre de 2024

47945

Programa de ayudas a las mujeres víctimas de violencia de género, personas objeto de
desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente
vulnerables, fuente de financiación TE y proyecto de gasto 20220413.
16002/261A/48000: 750.000,00 € al ejercicio 2023.
16002/261A/46000: 250.000,00 € al ejercicio 2023.
Dicha cuantía podrá aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias, de
conformidad con lo establecido en las bases reguladoras y en la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
De producirse el agotamiento del crédito presupuestario, y no procederse a efectuar las
modificaciones correspondientes, se procederá a declarar terminado el plazo de vigencia
de la convocatoria mediante anuncio de la persona titular de la Secretaría General de la
Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, que será objeto de publicación en el Diario
Oficial de Extremadura, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Portal de
subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes presentadas con posterioridad.
Se ha procedido a realizar una nueva redistribución de los créditos de la convocatoria y conforme a lo dispuesto en el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La redistribución de los créditos en la convocatoria exige la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio del órgano al que
corresponde la aprobación de la convocatoria, en el que recoja cómo quedarían los créditos
totales de la convocatoria, distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
En virtud de cuanto antecede, se procede a publicar un nuevo anuncio sobre redistribución de
los créditos previstos en la Resolución de convocatoria de manera que las aplicaciones, proyectos y cuantías correspondientes a las ayudas serán los siguientes, quedando el resuelvo
octavo, apartado 1, de la convocatoria, redactado de la siguiente forma:

“A esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 1.000.000,00 €, de los que
950.000,00 € se imputarán a los créditos del ejercicio 2023 y 50.000,00 € a los créditos
del ejercicio 2024, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se financiarán con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias: Programa
de ayudas a las mujeres víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio
de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables,
fuente de financiación TE y proyecto de gasto 20220413.
16002/261A/48000: 700.000,00 € al ejercicio 2023.
16002/261A/46000: 250.000,00 € al ejercicio 2023 y 50.000,00 € al ejercicio 2024.