Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2024063150)
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se amplía el plazo de llamamiento de lista de espera prevista en la Resolución de 20 de mayo de 2024 por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior, en modalidad presencial completa, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 194
Viernes 4 de octubre de 2024

47426

RESOLUCIÓN de 30 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se amplía
el plazo de llamamiento de lista de espera prevista en la Resolución de 20
de mayo de 2024 por la que se convoca el procedimiento de admisión y
matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior,
en modalidad presencial completa, en centros sostenidos con fondos públicos
del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso
2024/2025. (2024063150)
Mediante la Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior, en modalidad presencial
completa, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, para el curso 2024/2025 (DOE núm. 100, de 24 de mayo).
Por su parte, la Orden de 9 de mayo de 2024 por la que se regula el procedimiento de admisión y matriculación para cursar Grado D y E de Formación Profesional en las modalidades
presencial, semipresencial y virtual en centros sostenidos con fondos públicos en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 93, de 15 de mayo) establece el proceso de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos en régimen presencial que se
imparten en centros sostenidos con fondos públicos, del ámbito de la Comunidad Autónoma
de Extremadura; se fijan las condiciones de acceso y los criterios de prioridad para primer y
segundo curso, así como los modos de incorporación a los estudios de ciclos formativos desde
las diferentes situaciones posibles de las personas interesadas.
De conformidad con la disposición final primera, “se faculta a la Dirección General competente
en materia de Formación Profesional para la convocatoria y resolución de los procesos de admisión en modalidad presencial y virtual de acuerdo con la presente orden, así como para la
modificación, actualización o desarrollo en su caso de los anexos que acompañan a la misma”.
La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, debido a la necesaria adaptación
a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2022 de ordenación e integración de la Formación
Profesional, contextualizada mediante el Real Decreto 659/2023 de 18 de julio, tiene previsto
publicar una nueva resolución sobre la oferta modular en las próximas semanas, acorde a los
mencionados textos legales. Con motivo de esto, y en función de las previsiones de publicación de dicha resolución, resulta necesario adaptar el plazo habilitado para la matriculación de
enseñanzas presenciales de formación profesionales por listas de espera, teniendo en cuenta
que la oferta modular está ligada a dichas matriculaciones.
Teniendo en cuenta todo lo anterior, se considera necesario ampliar el plazo de matriculación
por listas de espera.