Consorcio Ciudad Monumental De Mérida. Procesos Selectivos. (2024063088)
Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Dirección del Consorcio, por la que se convocan pruebas selectivas, por turno de ascenso, para cubrir puestos de trabajo vacantes en la categoría de Auxiliar de Arqueología, pertenecientes al Grupo IV.
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NÚMERO 194
Viernes 4 de octubre de 2024

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10. Al Tribunal de Selección le será de aplicación el régimen previsto en el título preliminar,
capítulo II, sección 3.ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, para los órganos colegiados
11. El Tribunal actuará con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad técnica y
sus miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del procedimiento, de la confidencialidad de las pruebas y el estricto cumplimiento de las bases
de la convocatoria. En el ejercicio de sus funciones observarán las prescripciones que se
contengan en los manuales de instrucciones que, en su caso, se dicten, por la Dirección
General de la Función Pública con el objeto de homogeneizar los criterios de actuación
aplicables en los distintos procesos selectivos.
12. Los Tribunales que actúen en esta convocatoria tendrán la categoría segunda, de acuerdo
con lo previsto en el artículo 23 del Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
No devengará asistencias el personal al servicio de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura siempre que las sesiones se celebren, en su totalidad, dentro
de la parte principal de su horario.
La celebración de sesiones fuera del horario de trabajo deberá ser previamente autorizada
por la Dirección del Consorcio.
13. El Tribunal se constituirá en el plazo máximo de 10 días hábiles a partir de su designación
previa convocatoria efectuada por la Presidencia de los miembros titulares y suplentes.
14. L
 a documentación del proceso selectivo se depositará en las dependencias de las oficinas
del Consorcio que el Director ponga a disposición de los Tribunales para la idónea conservación y custodia de dicha documentación.
Sexta. Procedimiento de selección.
1. P
 rocedimiento de selección.
El procedimiento de selección será mediante prueba objetiva y concurso de méritos debidamente baremado, siendo necesario haber superado la prueba objetiva para acceder
al concurso de méritos. Las pruebas tendrán por objeto conocer la capacidad, aptitud e
idoneidad de los aspirantes para el desarrollo de las funciones propias de los puestos de
trabajo correspondiente a la categoría a la que se aspira.
Los puestos de trabajo ofrecidos a ascenso serán adjudicados a los aspirantes que mayor
puntuación total hayan obtenido una vez sumadas las puntuaciones de cada una de las
fases.