Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Delegación De Competencias. Delegación De Firma. (2024063087)
Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Consejera, por la que se modifica la Resolución de 25 de septiembre de 2023 por la que se delega la competencia y la firma en diversas materias.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 194
Viernes 4 de octubre de 2024

II

47074

AUTORIDADES Y PERSONAL
1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS

CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES
RESOLUCIÓN de 25 de septiembre de 2024, de la Consejera, por la que se
modifica la Resolución de 25 de septiembre de 2023 por la que se delega la
competencia y la firma en diversas materias. (2024063087)
Mediante el Decreto 235/2023, de 12 de septiembre, se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Salud y Servicios Sociales y se modifica el Decreto 221/2008, de 24 de octubre,
por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud.
Entre los órganos directivos de la Consejería se estructura la Secretaría General.
Atendiendo a razones de eficacia, celeridad y coordinación en la gestión administrativa, mediante Resolución de 25 de septiembre de 2023, publicada en el Diario Oficial de Extremadura
núm. 189, de 2 de octubre, se delegaron en diversas materias, determinadas competencias
en las personas titulares de los órganos directivos de la Consejería, así como la firma en las
personas titulares de las Jefaturas de los Servicios Territoriales de Badajoz y Cáceres.
Con la finalidad de otorgar celeridad a la gestión de los Programas de Colaboración Económica
Municipal competencia de esta Consejería, se considera conveniente delegar la competencia
en la Secretaría General.
Por lo expuesto, al amparo de lo establecido en los artículos 72 y 73 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y en el ejercicio de las facultades que tengo conferidas,
RESUELVO:
Primero. Añadir un nuevo apartado en el resuelvo primero de la Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Consejera, por la que se delega la competencia y la firma en determinadas materias, que queda redactado en los siguientes términos:
“e) En materia de Programas de Colaboración Económica Municipal, la competencia para
dictar las resoluciones relativas a la distribución de remanentes y las relativas al pago de
las transferencias iniciales en los Programas para ayudas extraordinarias de apoyo social
para contingencias, así como en el de Suministros Mínimos Vitales”.