Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Plan Infoex. (2024050158)
Orden de 27 de septiembre de 2024 por la que se declara la época de peligro bajo de incendios forestales, se establece la regulación de usos y atividades durante dicha época, y se desarrollan las medidas generales y las medidas de autoprotección.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 194
47061
Viernes 4 de octubre de 2024
ANEXO VIII: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
POPULARES CON HOGUERAS, BARBACOAS U OTROS
PREPARACIÓN DE ALIMENTOS
PARA EVENTOS
EQUIPOS PARA
< TRAMITABLE MEDIANTE FORMULARIO ELECTRÓNICO DISPONIBLE EN LA WEB http://www.infoex.info/tramites-en-linea/ o REGISTROS OFICIALES >
JUNTA DE EXTREMADURA
Consejería de Gestión Forestal y Mundo
Rural
Dirección General de Prevención y
Extinción de Incendios.
CENTRAL DE INCENDIOS BADAJOZ
Fijo: 924 011 163
Móvil: 630 846 583
FAX: 924 011 160
Ctra. San Vicente s/n - 06071 Badajoz
CENTRAL DE INCENDIOS CACERES
Fijo: 927 005 809
Móvil: 630 846 583
FAX: 927 005 811
Avda. La Cañada s/n - 10071 Cáceres
Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales
1. DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE, QUE CON SU FIRMA O ENVIO ELECTRÓNICO RECONOCE ESTAR INFORMADO DEL
CONDICIONADO A QUE SE OBLIGA:
Nombre y apellidos/Razón social
con dirección en C/
Código postal
Teléfono móvil (obligatorio)
□ M □ H DNI/NIE/NIF:
en la localidad de
Correo electrónico (obligatorio)
2. DATOS DE LA ACTIVIDAD:
Término Municipal ______________________ Finca o paraje _________________
□ SIGPAC:
Polígono _______ Parcela_________
□ Según mapa adjunto
□ La persona solicitante expresa poseer el consentimiento del propietario de la finca para el desarrollo de la actividad solicitada.
3. CONDICIONADO Y MEDIDAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD A CUMPLIR.
DOCUMENTACIÓN: se dispondrá de copia de la declaración responsable en el lugar de la actividad.
PROHIBICIONES
Durante la vigencia de la Época de Peligro Bajo, en todo el territorio de la Comunidad Autónoma, cuando el índice de riesgo sea muy alto o extremo,
está prohibido:
Encender fuego en todo tipo de espacios abiertos, en áreas de descanso de la red de carreteras, en áreas recreativas y de acampada.
Arrojar o abandonar objetos en combustión o cualquier clase de material susceptible de originar un incendio forestal.
La dirección electrónica para la consulta de los niveles de riesgo de cada término municipal de la Comunidad Autónoma, determinados por la Agencia Estatal
de Meteorología, será https://www.infoex.info/tramites-en-linea/.
HOGUERAS Y EQUIPOS DE GAS
Para la preparación de alimentos en suelo rústico se podrá hacer uso del fuego, permitiéndose las hogueras y barbacoas portátiles, ambas de diámetro inferior
a 1 metro, y los equipos de gas.
Se situarán sobre zonas limpias libres de hojarasca, pasto seco, matorral u otra vegetación inflamable. Deberá procederse al desbroce de este tipo de vegetación,
en un radio de 2 m desde la hoguera, barbacoa portátil o equipo.
El fuego estará vigilado en todo momento, desde su encendido hasta que sus rescoldos queden completamente consumidos. Se disp ondrá de medios adecuados
para manejarlo y extinguir cualquier conato que pudiera ocasionarse.
Se dispondrá de teléfono, desde el que se contactará con el 112 en caso de incendio u otra emergencia.
Si el índice peligro AEMET es muy alto o extremo (https://www.infoex.info/tramites-en-linea/), sólo podrán prepararse alimentos en equipos de gas, siempre
que estos no emitan pavesas ni humo, debiendo estar permanentemente vigilado al objeto de prevenir la inflamación de la vegetación próxima, ya sea por alcance
o caída al suelo.
ZONAS FIJAS PARA BARBACOAS Y HOGUERAS
Las zonas fijas para barbacoas y hogueras, en áreas recreativas de uso público, están sometidas a autorización, conforme al Anexo IV
(https://www.infoex.info/tramites-en-linea/).
4. DOCUMENTACIÓN A APORTAR JUNTO CON LA SOLICITUD:
□ Acreditación de la identidad de la persona solicitante, en caso de mostrar oposición a la consulta de datos de identidad.
□ Acreditación de la representación, mediante cualquier medio válido en derecho, que otorgue a la persona representante la facultad para formular la solicitud,
en caso de mostrar oposición a la consulta de datos de identidad.
5. ASPECTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE:
La declaración responsable podrá presentarse en el Registro físico o electrónico de cualquier Administración Pública, dirigiéndola a la Dirección General de
Prevención y Extinción de Incendios Forestales.
Asimismo, podrá formularse telemáticamente desde la dirección electrónica https://www.infoex.info/tramites-en-linea, utilizando para ello el trámite habilitado
al efecto.
Para que la declaración responsable sea válida, ha de cumplir los siguientes requisitos:
Que el formulario utilizado se ajuste al modelo oficial establecido en los Anexos V a XI, según la actividad.
47061
Viernes 4 de octubre de 2024
ANEXO VIII: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
POPULARES CON HOGUERAS, BARBACOAS U OTROS
PREPARACIÓN DE ALIMENTOS
PARA EVENTOS
EQUIPOS PARA
< TRAMITABLE MEDIANTE FORMULARIO ELECTRÓNICO DISPONIBLE EN LA WEB http://www.infoex.info/tramites-en-linea/ o REGISTROS OFICIALES >
JUNTA DE EXTREMADURA
Consejería de Gestión Forestal y Mundo
Rural
Dirección General de Prevención y
Extinción de Incendios.
CENTRAL DE INCENDIOS BADAJOZ
Fijo: 924 011 163
Móvil: 630 846 583
FAX: 924 011 160
Ctra. San Vicente s/n - 06071 Badajoz
CENTRAL DE INCENDIOS CACERES
Fijo: 927 005 809
Móvil: 630 846 583
FAX: 927 005 811
Avda. La Cañada s/n - 10071 Cáceres
Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales
1. DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE, QUE CON SU FIRMA O ENVIO ELECTRÓNICO RECONOCE ESTAR INFORMADO DEL
CONDICIONADO A QUE SE OBLIGA:
Nombre y apellidos/Razón social
con dirección en C/
Código postal
Teléfono móvil (obligatorio)
□ M □ H DNI/NIE/NIF:
en la localidad de
Correo electrónico (obligatorio)
2. DATOS DE LA ACTIVIDAD:
Término Municipal ______________________ Finca o paraje _________________
□ SIGPAC:
Polígono _______ Parcela_________
□ Según mapa adjunto
□ La persona solicitante expresa poseer el consentimiento del propietario de la finca para el desarrollo de la actividad solicitada.
3. CONDICIONADO Y MEDIDAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD A CUMPLIR.
DOCUMENTACIÓN: se dispondrá de copia de la declaración responsable en el lugar de la actividad.
PROHIBICIONES
Durante la vigencia de la Época de Peligro Bajo, en todo el territorio de la Comunidad Autónoma, cuando el índice de riesgo sea muy alto o extremo,
está prohibido:
Encender fuego en todo tipo de espacios abiertos, en áreas de descanso de la red de carreteras, en áreas recreativas y de acampada.
Arrojar o abandonar objetos en combustión o cualquier clase de material susceptible de originar un incendio forestal.
La dirección electrónica para la consulta de los niveles de riesgo de cada término municipal de la Comunidad Autónoma, determinados por la Agencia Estatal
de Meteorología, será https://www.infoex.info/tramites-en-linea/.
HOGUERAS Y EQUIPOS DE GAS
Para la preparación de alimentos en suelo rústico se podrá hacer uso del fuego, permitiéndose las hogueras y barbacoas portátiles, ambas de diámetro inferior
a 1 metro, y los equipos de gas.
Se situarán sobre zonas limpias libres de hojarasca, pasto seco, matorral u otra vegetación inflamable. Deberá procederse al desbroce de este tipo de vegetación,
en un radio de 2 m desde la hoguera, barbacoa portátil o equipo.
El fuego estará vigilado en todo momento, desde su encendido hasta que sus rescoldos queden completamente consumidos. Se disp ondrá de medios adecuados
para manejarlo y extinguir cualquier conato que pudiera ocasionarse.
Se dispondrá de teléfono, desde el que se contactará con el 112 en caso de incendio u otra emergencia.
Si el índice peligro AEMET es muy alto o extremo (https://www.infoex.info/tramites-en-linea/), sólo podrán prepararse alimentos en equipos de gas, siempre
que estos no emitan pavesas ni humo, debiendo estar permanentemente vigilado al objeto de prevenir la inflamación de la vegetación próxima, ya sea por alcance
o caída al suelo.
ZONAS FIJAS PARA BARBACOAS Y HOGUERAS
Las zonas fijas para barbacoas y hogueras, en áreas recreativas de uso público, están sometidas a autorización, conforme al Anexo IV
(https://www.infoex.info/tramites-en-linea/).
4. DOCUMENTACIÓN A APORTAR JUNTO CON LA SOLICITUD:
□ Acreditación de la identidad de la persona solicitante, en caso de mostrar oposición a la consulta de datos de identidad.
□ Acreditación de la representación, mediante cualquier medio válido en derecho, que otorgue a la persona representante la facultad para formular la solicitud,
en caso de mostrar oposición a la consulta de datos de identidad.
5. ASPECTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE:
La declaración responsable podrá presentarse en el Registro físico o electrónico de cualquier Administración Pública, dirigiéndola a la Dirección General de
Prevención y Extinción de Incendios Forestales.
Asimismo, podrá formularse telemáticamente desde la dirección electrónica https://www.infoex.info/tramites-en-linea, utilizando para ello el trámite habilitado
al efecto.
Para que la declaración responsable sea válida, ha de cumplir los siguientes requisitos:
Que el formulario utilizado se ajuste al modelo oficial establecido en los Anexos V a XI, según la actividad.