Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Plan Infoex. (2024050158)
Orden de 27 de septiembre de 2024 por la que se declara la época de peligro bajo de incendios forestales, se establece la regulación de usos y atividades durante dicha época, y se desarrollan las medidas generales y las medidas de autoprotección.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Precauciones específicas
Declaraciones responsables
o
Precauciones específicas
(en función del índice de riesgo)
Declaraciones responsables
Autorizaciones
Prohibiciones
Intervención administrativa
Supuestos autorizados: quemas de restos por razones fitosanitarias
o por razones preventivas.
b)
Preparación de alimento y celebración de eventos
Otra maquinaria en terreno forestal y suelo rústico sito en ZIF:
- Maquinaria con cuchilla, pala, traílla, percutores, cazos, ripper
y análogos.
- Maquinaria para laboreo de terrenos agrícolas: gradas,
vertederas y cultivadores
- Uso de grupos electrógenos, motores y bombas.
Maquinaria en terreno forestal y suelo rústico sito en ZIF:
- Orugas metálicas.
- Desbroce de matorral: grada de discos, desbrozadoras de
cadenas, martillos o cuchillas
- 3 o más desbrozadoras con disco metálico,
- Radial, amoladora y soplete o soldadura
- Procesadoras, taladoras, autocargadores, skidders,
cizalladoras y astilladoras
- Cosechadoras, empacadoras, segadoras rotativas o de peine
Eventos populares con hogueras, barbacoas y equipos de gas
(romerías)
Explotaciones excluidas de prohibición: pequeñas y
microexplotaciones agrarias.
a)
Quemas de restos vegetales en supuestos excluidos o autorizados:
Piconeras
Hornos de carbón y carboneras tradicionales
Zonas fijas para barbacoas y hogueras.
Fuegos artificiales.
Quemas prescritas de vegetación en pie
Arrojar o abandonar objetos en combustión
Usos y actividades objeto de intervención adtiva (autorización,
declaración responsable o precauciones específicas), que no
hayan sido sometidas al procedimiento previsto
Quemas de restos vegetales generados en el entorno agrario
(excepto supuestos excluidos o autorizados)
Fuegos artificiales no autorizados por Entidad Local
Actividad
Suelo rústico
Terreno Forestal y suelo rústico
sito en ZIF (400 m)
Terreno Forestal y suelo rústico
sito en ZIF (400 m)
Suelo rústico
Suelo rústico
Suelo rústico
Suelo rústico y espacios abiertos
de núcleos urbanos sitos en ZIF
Ámbito territorial
Riesgo bajo a
alto
Riesgo muy alto
o extremo
responsable voluntaria)
Precauciones
específicas
(*Declaración
Declaración
responsable
*Autorización Entidad Local
*Particularidad
Art. 14 Anexo XI
Art. 14 Anexo XI
Art. 14 Anexo XI
Arts 11 a 13. Anexos IX y X
Arts 11 y 12. Anexo VIII
Arts 5, 11 y 12. Anexos VI y VII
Arts 11 y 12. Anexo V
Arts 9 y 10. Anexo III
Arts 9 y 10. Anexo IV
Art. 9
Arts 9 y 10. Anexo II
Art. 8
Arts.5 y 8
Artículo y anexo
Intervención administrativa
REGULACIÓN DE USOS Y ACTIVIDADES QUE PUEDAN DAR LUGAR A RIESGO DE INCENDIO FORESTAL
NÚMERO 194
Viernes 4 de octubre de 2024
47045
Declaraciones responsables
o
Precauciones específicas
(en función del índice de riesgo)
Declaraciones responsables
Autorizaciones
Prohibiciones
Intervención administrativa
Supuestos autorizados: quemas de restos por razones fitosanitarias
o por razones preventivas.
b)
Preparación de alimento y celebración de eventos
Otra maquinaria en terreno forestal y suelo rústico sito en ZIF:
- Maquinaria con cuchilla, pala, traílla, percutores, cazos, ripper
y análogos.
- Maquinaria para laboreo de terrenos agrícolas: gradas,
vertederas y cultivadores
- Uso de grupos electrógenos, motores y bombas.
Maquinaria en terreno forestal y suelo rústico sito en ZIF:
- Orugas metálicas.
- Desbroce de matorral: grada de discos, desbrozadoras de
cadenas, martillos o cuchillas
- 3 o más desbrozadoras con disco metálico,
- Radial, amoladora y soplete o soldadura
- Procesadoras, taladoras, autocargadores, skidders,
cizalladoras y astilladoras
- Cosechadoras, empacadoras, segadoras rotativas o de peine
Eventos populares con hogueras, barbacoas y equipos de gas
(romerías)
Explotaciones excluidas de prohibición: pequeñas y
microexplotaciones agrarias.
a)
Quemas de restos vegetales en supuestos excluidos o autorizados:
Piconeras
Hornos de carbón y carboneras tradicionales
Zonas fijas para barbacoas y hogueras.
Fuegos artificiales.
Quemas prescritas de vegetación en pie
Arrojar o abandonar objetos en combustión
Usos y actividades objeto de intervención adtiva (autorización,
declaración responsable o precauciones específicas), que no
hayan sido sometidas al procedimiento previsto
Quemas de restos vegetales generados en el entorno agrario
(excepto supuestos excluidos o autorizados)
Fuegos artificiales no autorizados por Entidad Local
Actividad
Suelo rústico
Terreno Forestal y suelo rústico
sito en ZIF (400 m)
Terreno Forestal y suelo rústico
sito en ZIF (400 m)
Suelo rústico
Suelo rústico
Suelo rústico
Suelo rústico y espacios abiertos
de núcleos urbanos sitos en ZIF
Ámbito territorial
Riesgo bajo a
alto
Riesgo muy alto
o extremo
responsable voluntaria)
Precauciones
específicas
(*Declaración
Declaración
responsable
*Autorización Entidad Local
*Particularidad
Art. 14 Anexo XI
Art. 14 Anexo XI
Art. 14 Anexo XI
Arts 11 a 13. Anexos IX y X
Arts 11 y 12. Anexo VIII
Arts 5, 11 y 12. Anexos VI y VII
Arts 11 y 12. Anexo V
Arts 9 y 10. Anexo III
Arts 9 y 10. Anexo IV
Art. 9
Arts 9 y 10. Anexo II
Art. 8
Arts.5 y 8
Artículo y anexo
Intervención administrativa
REGULACIÓN DE USOS Y ACTIVIDADES QUE PUEDAN DAR LUGAR A RIESGO DE INCENDIO FORESTAL
NÚMERO 194
Viernes 4 de octubre de 2024
47045