Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Plan Infoex. (2024050158)
Orden de 27 de septiembre de 2024 por la que se declara la época de peligro bajo de incendios forestales, se establece la regulación de usos y atividades durante dicha época, y se desarrollan las medidas generales y las medidas de autoprotección.
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Precauciones específicas

Declaraciones responsables
o
Precauciones específicas
(en función del índice de riesgo)

Declaraciones responsables

Autorizaciones

Prohibiciones

Intervención administrativa

Supuestos autorizados: quemas de restos por razones fitosanitarias
o por razones preventivas.

b)

Preparación de alimento y celebración de eventos

Otra maquinaria en terreno forestal y suelo rústico sito en ZIF:
- Maquinaria con cuchilla, pala, traílla, percutores, cazos, ripper
y análogos.
- Maquinaria para laboreo de terrenos agrícolas: gradas,
vertederas y cultivadores
- Uso de grupos electrógenos, motores y bombas.

Maquinaria en terreno forestal y suelo rústico sito en ZIF:
- Orugas metálicas.
- Desbroce de matorral: grada de discos, desbrozadoras de
cadenas, martillos o cuchillas
- 3 o más desbrozadoras con disco metálico,
- Radial, amoladora y soplete o soldadura
- Procesadoras, taladoras, autocargadores, skidders,
cizalladoras y astilladoras
- Cosechadoras, empacadoras, segadoras rotativas o de peine

Eventos populares con hogueras, barbacoas y equipos de gas
(romerías)

Explotaciones excluidas de prohibición: pequeñas y
microexplotaciones agrarias.

a)

Quemas de restos vegetales en supuestos excluidos o autorizados:

Piconeras

Hornos de carbón y carboneras tradicionales
Zonas fijas para barbacoas y hogueras.
Fuegos artificiales.

Quemas prescritas de vegetación en pie

Arrojar o abandonar objetos en combustión
Usos y actividades objeto de intervención adtiva (autorización,
declaración responsable o precauciones específicas), que no
hayan sido sometidas al procedimiento previsto

Quemas de restos vegetales generados en el entorno agrario
(excepto supuestos excluidos o autorizados)
Fuegos artificiales no autorizados por Entidad Local

Actividad

Suelo rústico

Terreno Forestal y suelo rústico
sito en ZIF (400 m)

Terreno Forestal y suelo rústico
sito en ZIF (400 m)

Suelo rústico

Suelo rústico

Suelo rústico

Suelo rústico y espacios abiertos
de núcleos urbanos sitos en ZIF

Ámbito territorial

Riesgo bajo a
alto

Riesgo muy alto
o extremo

responsable voluntaria)

Precauciones
específicas
(*Declaración

Declaración
responsable

*Autorización Entidad Local

*Particularidad

Art. 14 Anexo XI

Art. 14 Anexo XI

Art. 14 Anexo XI

Arts 11 a 13. Anexos IX y X

Arts 11 y 12. Anexo VIII

Arts 5, 11 y 12. Anexos VI y VII

Arts 11 y 12. Anexo V

Arts 9 y 10. Anexo III
Arts 9 y 10. Anexo IV
Art. 9

Arts 9 y 10. Anexo II

Art. 8

Arts.5 y 8

Artículo y anexo

Intervención administrativa

REGULACIÓN DE USOS Y ACTIVIDADES QUE PUEDAN DAR LUGAR A RIESGO DE INCENDIO FORESTAL

NÚMERO 194

Viernes 4 de octubre de 2024

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