Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063065)
Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la empresa "Transportes Aula, SL", para la gestión de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad previstas en el Decreto 83/2017, de 13 de junio, y otras prestaciones propias de la explotación de los servicios de transporte público regular y de uso general de viajeros por carretera JEV-001, durante los años 2023 a 2025.
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NÚMERO 193

46812

Jueves 3 de octubre de 2024

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS,
TRANSPORTE Y VIVIENDA Y LA EMPRESA “TRANSPORTES AULA, SL”, PARA LA
GESTIÓN DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO DE LA MOVILIDAD
PREVISTAS EN EL DECRETO 83/2017, DE 13 DE JUNIO, Y OTRAS PRESTACIONES
PROPIAS DE LA EXPLOTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO
REGULAR Y DE USO GENERAL DE VIAJEROS POR CARRETERA JEV-001,
DURANTE LOS AÑOS 2023 A 2025
Mérida, 6 de junio de 2024.
REUNIDOS:
De una parte, D. Manuel Martín Castizo, Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda,
actuando en nombre y representación de la Consejería del mismo nombre, en virtud de la
competencia que le confiere el artículo 36.a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra, D.ª Begoña Diez Mieres, con DNI n.º: ***8133**, actuando en nombre y representación de la empresa “Transportes Aula, SL” (NIF n.º: B06010169), titular del contrato de
concesión del servicio público de transporte regular de uso general de viajeros por carretera
JEV-001, (Calamonte-Mérida).
Actuando ambas partes de acuerdo con los principios de colaboración y servicio efectivo a los
ciudadanos, se reconocen capacidad jurídica suficiente para otorgar y suscribir el presente
convenio, a cuyo efecto,
EXPONEN:
Primero. La Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, a través de la Dirección
General de Movilidad y Transportes, gestiona los servicios de transporte público regular de
viajeros de uso general que se prestan en la Comunidad Autónoma, en virtud de la competencia exclusiva que atribuye a aquélla el artículo 9.1.39 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, cuando discurra el itinerario íntegramente por el territorio de la Región, o al amparo
de la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de Delegación de Facultades del Estado en las
Comunidades Autónomas en relación con los transportes por carretera y por cable, cuando se
trate de servicios parciales interiores.
Segundo. La Junta de Extremadura, mediante el Decreto 83/2017, de 13 de junio, por el que
se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera, persigue
el objetivo de financiar la movilidad de los beneficiarios a través de los servicios de transporte