Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063063)
Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la empresa "Autocares del Noroeste", para la gestión de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad previstas en el Decreto 83/2017, de 13 de junio, y otras prestaciones propias de la explotación de los servicios de transporte público regular y de uso general de viajeros por carretera JEV-024, durante los años 2023 a 2025.
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NÚMERO 193
46766
Jueves 3 de octubre de 2024
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS,
TRANSPORTE Y VIVIENDA Y LA EMPRESA “AUTOCARES DEL NOROESTE”, PARA LA
GESTIÓN DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO DE LA MOVILIDAD
PREVISTAS EN EL DECRETO 83/2017, DE 13 DE JUNIO, Y OTRAS PRESTACIONES
PROPIAS DE LA EXPLOTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO
REGULAR Y DE USO GENERAL DE VIAJEROS POR CARRETERA JEV-024, DURANTE LOS
AÑOS 2023 A 2025
Mérida, 27 de mayo de 2024.
REUNIDOS:
De una parte, D. Manuel Martín Castizo, en su condición de Consejero de Infraestructuras,
Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, en virtud de nombramiento efectuado por
Decreto de la Presidenta 24/2023, de 20 de julio, (DOE n.º 140, de 21 de julio de 2023); de
conformidad con lo establecido en el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece
la estructura orgánica básica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en su Capítulo X,
de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, (DOE n.º 155, de 11 de agosto
de 2023); de acuerdo con el artículo 36. a) y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que establece
la competencia para el acuerdo de la firma de convenios.
Y de otra, D. Manuel Gallego Rico, con DNI: ***3278**, actuando en nombre y representación de la empresa “Autocares del Noreste, SA”, con NIF núm. A-28357622, titular del contrato de concesión del servicio público de transporte regular de viajeros de uso general por
carretera JEV-024, (Cáceres-Badajoz).
Actuando ambas partes de acuerdo con los principios de colaboración y servicio efectivo a los
ciudadanos, se reconocen capacidad jurídica suficiente para otorgar y suscribir el presente
convenio, a cuyo efecto,
EXPONEN:
Primero. La Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, a través de la Dirección
General de Movilidad y Transportes, gestiona los servicios de transporte público regular de
viajeros de uso general que se prestan en la Comunidad Autónoma, en virtud de la competencia exclusiva que atribuye a aquélla el artículo 9.1.39 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, cuando discurra el itinerario íntegramente por el territorio de la Región, o al amparo
de la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de Delegación de Facultades del Estado en las
Comunidades Autónomas en relación con los transportes por carretera y por cable, cuando se
trate de servicios parciales interiores.
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Jueves 3 de octubre de 2024
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS,
TRANSPORTE Y VIVIENDA Y LA EMPRESA “AUTOCARES DEL NOROESTE”, PARA LA
GESTIÓN DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO DE LA MOVILIDAD
PREVISTAS EN EL DECRETO 83/2017, DE 13 DE JUNIO, Y OTRAS PRESTACIONES
PROPIAS DE LA EXPLOTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO
REGULAR Y DE USO GENERAL DE VIAJEROS POR CARRETERA JEV-024, DURANTE LOS
AÑOS 2023 A 2025
Mérida, 27 de mayo de 2024.
REUNIDOS:
De una parte, D. Manuel Martín Castizo, en su condición de Consejero de Infraestructuras,
Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, en virtud de nombramiento efectuado por
Decreto de la Presidenta 24/2023, de 20 de julio, (DOE n.º 140, de 21 de julio de 2023); de
conformidad con lo establecido en el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece
la estructura orgánica básica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en su Capítulo X,
de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, (DOE n.º 155, de 11 de agosto
de 2023); de acuerdo con el artículo 36. a) y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que establece
la competencia para el acuerdo de la firma de convenios.
Y de otra, D. Manuel Gallego Rico, con DNI: ***3278**, actuando en nombre y representación de la empresa “Autocares del Noreste, SA”, con NIF núm. A-28357622, titular del contrato de concesión del servicio público de transporte regular de viajeros de uso general por
carretera JEV-024, (Cáceres-Badajoz).
Actuando ambas partes de acuerdo con los principios de colaboración y servicio efectivo a los
ciudadanos, se reconocen capacidad jurídica suficiente para otorgar y suscribir el presente
convenio, a cuyo efecto,
EXPONEN:
Primero. La Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, a través de la Dirección
General de Movilidad y Transportes, gestiona los servicios de transporte público regular de
viajeros de uso general que se prestan en la Comunidad Autónoma, en virtud de la competencia exclusiva que atribuye a aquélla el artículo 9.1.39 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, cuando discurra el itinerario íntegramente por el territorio de la Región, o al amparo
de la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de Delegación de Facultades del Estado en las
Comunidades Autónomas en relación con los transportes por carretera y por cable, cuando se
trate de servicios parciales interiores.