Presidencia De La Junta. Violencia De Género. Subvenciones. (2024063078)
Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, por la que se desestima la solicitud de subvención de la Coordinadora Proyecto Escan, en el marco de la Resolución de 10 de junio de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece para el ejercicio 2024, la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad B: Proyectos de intervención en materia de violencia de género.
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NÚMERO 193
Jueves 3 de octubre de 2024

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ción y ordenación del procedimiento, así como para elevar la presente propuesta de resolución
conforme determina el resuelvo décimo de la resolución de convocatoria.
En base a lo dispuesto en el Decreto 77/2023, de 21 de Julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
y el Decreto 230/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica
de la Presidencia de la Junta de Extremadura, corresponde a la persona titular de la Secretaria General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, el ejercicio de las
competencias que en materia de subvenciones atribuye la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a las Secretarías Generales de las
Consejerías.
De acuerdo con lo expuesto, la competencia para la concesión, así como de la desestimación
de la subvención directa que se propone, corresponde a la persona titular de la Secretaría
General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social tal y como se establece en
el resuelvo decimosegundo de la resolución de convocatoria.
Mediante Resolución de 3 de octubre de 2023 de la Secretaría General de la Consejería de
Presidencia, Interior y Diálogo Social (DOE n.º 194, de 9 de octubre de 2023), se delega en
las personas titulares de los órganos directivos de la Presidencia de la Junta y de la Consejería
de Presidencia, Interior y Diálogo Social, la competencia para resolver la concesión de subvenciones cuya tramitación corresponda al órgano directivo correspondiente por razón de la
materia, incluida la concesión de las subvenciones de forma directa, sin convocatoria previa,
en los supuestos del artículo 22.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura. Conforme a ello, corresponde a la persona titular de
la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, por delegación, la competencia para resolver
la concesión así como la denegación de esta subvención.
Segundo. Normativa aplicable.
Las subvenciones solicitadas se regirán por lo establecido en las normas básicas de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21
de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, sin perjuicio de su carácter
supletorio en el resto de sus disposiciones; por la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; por la Ley 5/2007, de 19 de abril, General
de Hacienda Pública de Extremadura, y por lo dispuesto en las demás normas concordantes
en materia de subvenciones públicas.
Dentro de este contexto legislativo, se dicta por la extinta Consejería de Igualdad y Cooperación al Desarrollo la Orden de 27 de julio de 2022 por la que se establecen y aprueban las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que