Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063068)
Resolución de 21 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Nuevas LMT, de 20 kV, de enlace entre la L-4849-02 "Perales" y la L-4849-01 "Santibáñez", ambas de la STR "CH Borbollón", y reforma del CT "Villasbuenas Gata 2"", a realizar en los términos municipales de Acebo, Perales del Puerto, Villasbuenas de Gata y Gata (Cáceres), cuya promotora es i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA21/0473.
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NÚMERO 193
Jueves 3 de octubre de 2024
46835
RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del
proyecto de "Nuevas LMT, de 20 kV, de enlace entre la L-4849-02 "Perales"
y la L-4849-01 "Santibáñez", ambas de la STR "CH Borbollón", y reforma del
CT "Villasbuenas Gata 2"", a realizar en los términos municipales de Acebo,
Perales del Puerto, Villasbuenas de Gata y Gata (Cáceres), cuya promotora
es i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA21/0473. (2024063068)
El proyecto de “Nuevas LMT, de 20 kV, de enlace entre la L-4849-02 “Perales” y la L-4849-01
“Santibáñez”, ambas de la STR “CH Borbollón”, y reforma del CT “Villasbuenas Gata 2”” se
encuentra sujeto a evaluación de impacto ambiental simplificada al estar incluido en el anexo
V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. No obstante, se somete a evaluación de impacto ambiental ordinaria a petición
de la promotora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62.d) de la Ley 16/2015, de
23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativa
al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente declaración ambiental analiza los principales elementos considerados en la evaluación ambiental practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental, el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como información complementaria aportada por la promotora.
A) Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1. Promotor y órgano sustantivo del proyecto.
La promotora del proyecto denominado “Nuevas LMT, de 20 kV, de enlace entre la L-484902 “Perales” y la L-4849-01 “Santibáñez”, ambas de la STR “CH Borbollón”, y reforma del
CT “Villasbuenas Gata 2””, es i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, con CIF A-95075578
y domicilio social en c/ Periodista Sánchez Asensio, n.º 1, 10002, Cáceres.
Actúa como órgano sustantivo la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura.
Jueves 3 de octubre de 2024
46835
RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del
proyecto de "Nuevas LMT, de 20 kV, de enlace entre la L-4849-02 "Perales"
y la L-4849-01 "Santibáñez", ambas de la STR "CH Borbollón", y reforma del
CT "Villasbuenas Gata 2"", a realizar en los términos municipales de Acebo,
Perales del Puerto, Villasbuenas de Gata y Gata (Cáceres), cuya promotora
es i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA21/0473. (2024063068)
El proyecto de “Nuevas LMT, de 20 kV, de enlace entre la L-4849-02 “Perales” y la L-4849-01
“Santibáñez”, ambas de la STR “CH Borbollón”, y reforma del CT “Villasbuenas Gata 2”” se
encuentra sujeto a evaluación de impacto ambiental simplificada al estar incluido en el anexo
V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. No obstante, se somete a evaluación de impacto ambiental ordinaria a petición
de la promotora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62.d) de la Ley 16/2015, de
23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativa
al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente declaración ambiental analiza los principales elementos considerados en la evaluación ambiental practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental, el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como información complementaria aportada por la promotora.
A) Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1. Promotor y órgano sustantivo del proyecto.
La promotora del proyecto denominado “Nuevas LMT, de 20 kV, de enlace entre la L-484902 “Perales” y la L-4849-01 “Santibáñez”, ambas de la STR “CH Borbollón”, y reforma del
CT “Villasbuenas Gata 2””, es i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, con CIF A-95075578
y domicilio social en c/ Periodista Sánchez Asensio, n.º 1, 10002, Cáceres.
Actúa como órgano sustantivo la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura.