Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024063046)
Resolución de 21 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la modificación no sustancial de la autorización ambiental unificada para una explotación porcina, en el término municipal de Montemolín, promovida por Bruno Rodríguez García.
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NÚMERO 192

46545

Miércoles 2 de octubre de 2024

en la finca (estiércol procedente de ganado distinto del porcino, fertilizantes con contenido
en nitrógeno).
No se harán aplicaciones sobre suelo desnudo, se buscarán los momentos de máxima necesidad del cultivo, no se realizarán aplicaciones en suelos con pendientes superiores al 10%,
ni en suelos inundados o encharcados, ni antes de regar ni cuando el tiempo amenace
lluvia. No se aplicará de forma que causen olores u otras molestias a los vecinos, debiendo
para ello enterrarse, si el estado del cultivo lo permite, en un periodo inferior a 24 horas.
La aplicación de purín en las superficies agrícolas no podrá realizarse mediante sistemas
de plato o abanico ni cañones, salvo excepciones justificadas y previa autorización expresa
por parte de la autoridad competente.
Se dejará una franja de 100 m de ancho sin abonar alrededor de todos los cursos de agua,
no se aplicarán a menos de 300 m de una fuente, pozo o perforación que suministre agua
para el consumo humano, ni tampoco si dicha agua se utiliza en naves de ordeño. La distancia mínima para la aplicación sobre el terreno, respecto de núcleos de población será de
1.000 metros y de 200 respecto a otras explotaciones ganaderas.
— Sustituir el anexo I, Resumen del Proyecto, de la resolución concedida por el siguiente:
RESUMEN DEL PROYECTO
Se trata de la ampliación de una explotación porcina en régimen intensivo en naves con una
capacidad de 37 reproductoras, 3 verracos y 700 cerdos de cebo.
La explotación se ubicará en la parcela 88 del polígono 16, del término municipal de Montemolín, con una superficie de 9,7 ha. Las características esenciales del proyecto se describen
en la presente resolución.
La explotación contará con superficie suficiente de secuestro, contando para ello con tres
naves. Las instalaciones dispondrán además de, lazareto, fosa/balsa de aguas residuales,
embarcadero, vado, vestuarios, silos y depósitos.
En la siguiente tabla se exponen su superficie útil:
NAVES

SUPERFICIE ÚTIL (m2)

Nave 1

350

Nave 2

140

Nave 3

350