Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024063044)
Resolución de 21 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de bodega de vinos, cuya promotora es la Sociedad Cooperativa Virgen de la Estrella, en el término municipal de Los Santos de Maimona.
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NÚMERO 191

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Martes 1 de octubre de 2024

5. S
 e deberá disponer de un manual de mantenimiento preventivo al objeto de garantizar el
buen estado de las instalaciones, en especial respecto a los medios disponibles para evitar
la contaminación del medio en caso de derrames o escapes accidentales y a las medidas
de seguridad implantadas.
- d - Medidas de protección y control de la contaminación acústica.
1. L
 as principales fuentes de emisión de ruidos se indican en la siguiente tabla. En la misma,
también se muestran los niveles de emisión de ruidos previstos.
Fuente sonora

Nivel de emisión total, dB (A)

Situación

Sinfín tolvas de recepción

74,10

Exterior

Grupo de despalillado

83,60

Interior

Cintas transportadoras de orujo

71,70

Exterior

Zona de autovaciantes

74,70

Exterior

Zona de prensado

78,80

Interior

Electrocompresores (Equipos de frío)

79,70

Exterior

Zona de envasado

82,00

Interior

2. N
 o se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción externo sobrepase los valores establecidos en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones.
3. L
 a actividad desarrollada no superará los objetivos de calidad acústica ni los niveles de
ruido establecidos como valores límite en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre,
por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a
zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
- e - Medidas de prevención y minimización de la contaminación lumínica.
Condiciones generales.
1. L
 a presente autorización se concede para la potencia lumínica instalada en la industria, la
cual no sobrepasa 1 kW y es la que se establece en el siguiente cuadro. Cualquier modificación de lo establecido en este límite deberá ser autorizada previamente.
N.º de luminarias (exterior)

Potencia lumínica (W)

4 uds. Foco LED

100

11 uds. Foco LED

50

Total

950