Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Consumo. Subvenciones. (2024040190)
Decreto 120/2024, de 17 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar a las Asociaciones y Federaciones de Asociaciones de Personas Consumidoras y Usuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 191
Martes 1 de octubre de 2024

45990

CLÁUSULAS DE PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

Se informa que los datos facilitados en el presente impreso / formulario correspondiente al Instituto de
Consumo de Extremadura se tratarán de conformidad con lo establecido en el Reglamento General de
Protección de Datos 2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016 y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales, en adelante RGPD.

Responsable del tratamiento de sus datos:
- Responsable Junta de Extremadura: Presidenta del Instituto de Consumo de
Extremadura.
- Dirección: Calle San Salvador, 9. 06800 Mérida (Badajoz).
- Correo electrónico: consultas.incoex@salud-juntaex.es
- Teléfono: 924004700.
- Datos de contacto del delegado de protección de datos: dpd@juntaex.es.
Finalidades con las que vamos a tratar sus datos personales:
Gestionar las solicitudes de subvenciones a otorgar a las Asociaciones y Federaciones de Asociaciones
de Personas Consumidoras y Usuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Legitimación para el tratamiento de sus datos:
La base legal para los tratamientos indicados es:
-

El artículo 6.1.c) del RGPD 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación
legal aplicable al responsable del tratamiento.

-

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18 de noviembre).

-

Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE
núm. 59, de 25 de marzo).

Tiempo que se van a mantener sus datos personales:
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y
para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del
tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
Los datos económicos de esta actividad de tratamiento se conservarán al amparo de lo dispuesto en la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.