Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063028)
Resolución de 23 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social y el Ayuntamiento de Monroy, para la implantación del Tribunal Único en los procesos de selección para la cobertura de plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura.
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NÚMERO 190
Lunes 30 de septiembre de 2024

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los equipos empleados para la realización de objeto del convenio, asimismo, podrá realizar
revisiones de las instalaciones y procedimientos empleados por el encargado del tratamiento.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente, el incumplimiento de estos compromisos y las consecuencias derivadas de ello serán responsabilidad exclusiva del encargado
del tratamiento, que responderá frente a terceros y frente a la Administración de la Junta de
Extremadura de los daños y perjuicios que pudieran generarse.
F) A
 UDITORÍA.
La Junta de Extremadura podrá exigir al encargado del tratamiento cualquier evidencia de
cumplimiento con la legislación aplicable, conforme a lo marcado en los acuerdos firmados
por ambas partes, así como con los requisitos de seguridad impuestos por parte de la Junta
de Extremadura. Para ello la Junta de Extremadura se reserva el ejercicio de los siguientes
derechos:
• Revisar o auditar los mecanismos de salvaguarda de la Seguridad de la Información que
tenga implementados el encargado del tratamiento y que estén relacionados o implicados con los sistemas utilizados en el convenio.
• Revisar o auditar el cumplimiento por parte del encargado del tratamiento con la legislación aplicable.
• Requerir al encargado del tratamiento los documentos derivados de los procesos de auditoría llevados a cabo por éste, así como cualquier otra evidencia sobre el cumplimiento
con el marco legal aplicable y con los requisitos impuestos en el convenio.
• Solicitar la implementación de cualquier mecanismo organizativo, técnico o jurídico que
considere adecuado para garantizar la Seguridad de la Información.
Para facilitar el ejercicio de los anteriores derechos por parte de la Junta de Extremadura, el
encargado del tratamiento se compromete a facilitar y participar activamente en el desarrollo
de las actividades anteriormente descritas.
G) CUMPLIMIENTO CON LA POLÍTICA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN DE LA CONSEJERÍA
DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL.
El Responsable del tratamiento dispone de una Política de Seguridad de la Información, así
como de un Marco Normativo para su desarrollo, los cuales establecen los controles de seguridad que se deben aplicar con objeto de garantizar la confidencialidad, disponibilidad,
integridad, autenticidad y trazabilidad de la información. Es obligación del encargado del
tratamiento el conocimiento, cumplimiento e implantación de aquellas medidas de seguridad