Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063012)
Resolución de 20 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la Mancomunidad Integral de Municipios Centro para el funcionamiento de una Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 189
Viernes 27 de septiembre de 2024
45420
días siguientes al trimestre correspondiente, sin necesidad de requerimiento alguno,
conforme al modelo e instrucciones establecidas por la Dirección General, a través
del equipo de coordinación de OTUDTS. La finalidad específica de este instrumento
es la obtención de información estadística desagregada, sobre la cantidad, naturaleza y distribución territorial de las actuaciones en las que interviene el equipo de la
OTUDS.
Con periodicidad anual, la OTUDTS elaborará y remitirá, tanto a la Presidencia de su
Mancomunidad, como a la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio
y Agenda Urbana, una memoria anual que informe y valore críticamente los resultados anuales del trabajo de la oficina, en los siguientes aspectos:
— composición del equipo de la OTUDTS y posibles incidencias o variaciones sufridas.
— valoración de los medios materiales y técnicos utilizados.
— formación solicitada y efectivamente recibida.
— números globales de trabajos realizados.
— seguimiento realizado en los procedimientos de redacción o modificación de figuras de planeamiento o instrumentos de desarrollo, en el ámbito de la oficina.
— análisis global del trabajo de la oficina.
Quinta. Obligaciones de la Consejería.
Para el cumplimiento del objeto del presente convenio la Consejería asume las siguientes
obligaciones:
a) Realizar el pago de los compromisos económicos asumidos con la suscripción del presente convenio en los términos regulados en el mismo.
b) Asesorar, a solicitud de la Mancomunidad, respecto a la organización funcional de la
OTUDTS.
c) Prestar a los profesionales integrantes de la OTUDTS, la asistencia técnica y jurídica que estos precisen para el desarrollo de las actuaciones y funciones que tienen
encomendadas.
Para el desarrollo de las tareas señaladas, así como para el seguimiento del convenio, la
Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana dispone de un
equipo de coordinación compuesto por personal adscrito al Servicio de Urbanismo, de entre el
Viernes 27 de septiembre de 2024
45420
días siguientes al trimestre correspondiente, sin necesidad de requerimiento alguno,
conforme al modelo e instrucciones establecidas por la Dirección General, a través
del equipo de coordinación de OTUDTS. La finalidad específica de este instrumento
es la obtención de información estadística desagregada, sobre la cantidad, naturaleza y distribución territorial de las actuaciones en las que interviene el equipo de la
OTUDS.
Con periodicidad anual, la OTUDTS elaborará y remitirá, tanto a la Presidencia de su
Mancomunidad, como a la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio
y Agenda Urbana, una memoria anual que informe y valore críticamente los resultados anuales del trabajo de la oficina, en los siguientes aspectos:
— composición del equipo de la OTUDTS y posibles incidencias o variaciones sufridas.
— valoración de los medios materiales y técnicos utilizados.
— formación solicitada y efectivamente recibida.
— números globales de trabajos realizados.
— seguimiento realizado en los procedimientos de redacción o modificación de figuras de planeamiento o instrumentos de desarrollo, en el ámbito de la oficina.
— análisis global del trabajo de la oficina.
Quinta. Obligaciones de la Consejería.
Para el cumplimiento del objeto del presente convenio la Consejería asume las siguientes
obligaciones:
a) Realizar el pago de los compromisos económicos asumidos con la suscripción del presente convenio en los términos regulados en el mismo.
b) Asesorar, a solicitud de la Mancomunidad, respecto a la organización funcional de la
OTUDTS.
c) Prestar a los profesionales integrantes de la OTUDTS, la asistencia técnica y jurídica que estos precisen para el desarrollo de las actuaciones y funciones que tienen
encomendadas.
Para el desarrollo de las tareas señaladas, así como para el seguimiento del convenio, la
Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana dispone de un
equipo de coordinación compuesto por personal adscrito al Servicio de Urbanismo, de entre el