Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063010)
Resolución de 20 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara para subvencionar en el ejercicio 2024 el desarrollo del programa de Educación Infantil (0-3 años) en la escuela infantil de dicha localidad.
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NÚMERO 189
Viernes 27 de septiembre de 2024
45393
den a la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de que puedan ser delegadas. En consecuencia,
a tenor de lo dispuesto en su artículo 7 y en el 14 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura, las entidades locales de Extremadura para
el ejercicio de competencias distintas de las propias, transferidas o atribuidas por delegación
precisarán de informe preceptivo y vinculante de inexistencia de duplicidades y de sostenibilidad financiera.
Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá de
acuerdo con las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto de este acuerdo es el desarrollo del Programa de Educación Infantil (0-3 años) en
la Escuela Infantil de San Vicente de Alcántara, mediante la financiación de gastos de funcionamiento de dicho centro que serán los gastos de personal (nóminas y seguridad social) ) y
gastos corrientes en bienes y servicios (luz, material de oficina, material diverso y otros), a
través a través de la concesión de una subvención directa según lo establecido en el artículo
32.1 b) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en el que se establece que, conforme a lo dispuesto en el artículo 22.4 c), se
consideraran supuestos excepcionales de concesión directa; cuando el perceptor sea una entidad pública territorial de Extremadura y los fondos presupuestarios señalen genéricamente
una finalidad cuya competencia este atribuida a las Corporaciones Locales y a la Comunidad
Autónoma.
Segunda. Ámbito.
La prestación del servicio llevará implícita la utilización por el Ayuntamiento de San Vicente
de Alcántara del edificio construido en dicha localidad para escuela infantil, situado en la C/
Doctor Cebrián, s/n, así como las instalaciones principales y accesorias de las que se compone
el citado centro y los bienes que conforman el equipamiento básico, mobiliario, etc., teniendo
en cuenta que dicho Ayuntamiento se compromete a garantizar el buen funcionamiento de
la escuela infantil y a asumir cualquier tipo de responsabilidades que se deriven durante la
vigencia de la concesión del servicio, a su riesgo y ventura.
Tercera. Financiación.
Para el cumplimiento de los fines previstos en este convenio, la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional aportará la cantidad de 112.624 euros con cargo al Centro
Gestor 130020000 posición presupuestaria G/222A/46000 proyecto 20210271, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para el año 2024.
Viernes 27 de septiembre de 2024
45393
den a la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de que puedan ser delegadas. En consecuencia,
a tenor de lo dispuesto en su artículo 7 y en el 14 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura, las entidades locales de Extremadura para
el ejercicio de competencias distintas de las propias, transferidas o atribuidas por delegación
precisarán de informe preceptivo y vinculante de inexistencia de duplicidades y de sostenibilidad financiera.
Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá de
acuerdo con las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto de este acuerdo es el desarrollo del Programa de Educación Infantil (0-3 años) en
la Escuela Infantil de San Vicente de Alcántara, mediante la financiación de gastos de funcionamiento de dicho centro que serán los gastos de personal (nóminas y seguridad social) ) y
gastos corrientes en bienes y servicios (luz, material de oficina, material diverso y otros), a
través a través de la concesión de una subvención directa según lo establecido en el artículo
32.1 b) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en el que se establece que, conforme a lo dispuesto en el artículo 22.4 c), se
consideraran supuestos excepcionales de concesión directa; cuando el perceptor sea una entidad pública territorial de Extremadura y los fondos presupuestarios señalen genéricamente
una finalidad cuya competencia este atribuida a las Corporaciones Locales y a la Comunidad
Autónoma.
Segunda. Ámbito.
La prestación del servicio llevará implícita la utilización por el Ayuntamiento de San Vicente
de Alcántara del edificio construido en dicha localidad para escuela infantil, situado en la C/
Doctor Cebrián, s/n, así como las instalaciones principales y accesorias de las que se compone
el citado centro y los bienes que conforman el equipamiento básico, mobiliario, etc., teniendo
en cuenta que dicho Ayuntamiento se compromete a garantizar el buen funcionamiento de
la escuela infantil y a asumir cualquier tipo de responsabilidades que se deriven durante la
vigencia de la concesión del servicio, a su riesgo y ventura.
Tercera. Financiación.
Para el cumplimiento de los fines previstos en este convenio, la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional aportará la cantidad de 112.624 euros con cargo al Centro
Gestor 130020000 posición presupuestaria G/222A/46000 proyecto 20210271, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para el año 2024.