Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063011)
Resolución de 20 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Herrera del Duque para subvencionar en el ejercicio 2024 el desarrollo del programa de Educación Infantil (0-3 años) en la escuela infantil de dicha localidad.
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NÚMERO 189
Viernes 27 de septiembre de 2024
45407
2. D
e conformidad con el convenio de concesión demanial suscrito con fecha 8 de noviembre
de 2011, el Ayuntamiento está obligado a mantener en perfecto estado las instalaciones y
equipamiento de la escuela infantil donde ha de llevarse a cabo el programa, efectuando
las reparaciones que sean necesarias, corriendo de su cuenta la totalidad de los gastos que
se deriven tanto del mantenimiento del centro, de las obligaciones fiscales o de cualquier
otra índole económica que se deriven directa o indirectamente de la gestión y desarrollo
del convenio.
3. D
e acuerdo con lo establecido en el artículo 148.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo
de Educación, la inspección educativa se realizará sobre todos los elementos y aspectos del
sistema educativo, a fin de asegurar el cumplimento de las leyes, la garantía de los derechos y la observancia de los deberes de cuantos participan en los procesos de enseñanza
y aprendizaje, la mejora del sistema educativo y la calidad y equidad de la enseñanza,
debiendo el Ayuntamiento gestor facilitar las actuaciones necesarias para dar cumplimiento
a lo establecido en el mismo.
4. E
n cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora
de las Bases del Régimen Local y 14 de la LGAMEX, será responsabilidad de las entidades
locales destinatarias disponer de los informes previos necesarios y vinculantes de la Administración por razón de la materia, en el que se señale la inexistencia de duplicidades, y de
la Administración que tenga atribuida la tutela financiera, presentado declaración responsable de que la prestación del servicio cuya gestión asume no pone en riesgo la sostenibilidad financiera del conjunto de la Hacienda municipal.
5. D
e acuerdo lo dispuesto en la Instrucción 1/2016, de 14 de marzo, conjunta de la Secretaría
General y de la Secretaría General de Educación de la Consejería de Educación y Empleo,
el Ayuntamiento de Herrera del Duque ha aportado declaración responsable de que todo el
personal de la Escuela Infantil al que le corresponde realizar tareas que impliquen contacto
habitual con menores cumple con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021,
de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
6. I gualmente, entre las obligaciones del Ayuntamiento están:
a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda de acuerdo con las directrices y siguiendo los criterios que la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de
Educación, Ciencia y Formación Profesional, establezca, asumiendo todas las responsabilidades que pudieran derivarse de la ejecución de la misma.
b) Colaborar con la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional en cuantas
actuaciones se estimen procedentes en orden a la comprobación de la adecuada ejecución del convenio, la correcta aplicación de la ayuda y control de las actividades objeto
Viernes 27 de septiembre de 2024
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2. D
e conformidad con el convenio de concesión demanial suscrito con fecha 8 de noviembre
de 2011, el Ayuntamiento está obligado a mantener en perfecto estado las instalaciones y
equipamiento de la escuela infantil donde ha de llevarse a cabo el programa, efectuando
las reparaciones que sean necesarias, corriendo de su cuenta la totalidad de los gastos que
se deriven tanto del mantenimiento del centro, de las obligaciones fiscales o de cualquier
otra índole económica que se deriven directa o indirectamente de la gestión y desarrollo
del convenio.
3. D
e acuerdo con lo establecido en el artículo 148.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo
de Educación, la inspección educativa se realizará sobre todos los elementos y aspectos del
sistema educativo, a fin de asegurar el cumplimento de las leyes, la garantía de los derechos y la observancia de los deberes de cuantos participan en los procesos de enseñanza
y aprendizaje, la mejora del sistema educativo y la calidad y equidad de la enseñanza,
debiendo el Ayuntamiento gestor facilitar las actuaciones necesarias para dar cumplimiento
a lo establecido en el mismo.
4. E
n cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora
de las Bases del Régimen Local y 14 de la LGAMEX, será responsabilidad de las entidades
locales destinatarias disponer de los informes previos necesarios y vinculantes de la Administración por razón de la materia, en el que se señale la inexistencia de duplicidades, y de
la Administración que tenga atribuida la tutela financiera, presentado declaración responsable de que la prestación del servicio cuya gestión asume no pone en riesgo la sostenibilidad financiera del conjunto de la Hacienda municipal.
5. D
e acuerdo lo dispuesto en la Instrucción 1/2016, de 14 de marzo, conjunta de la Secretaría
General y de la Secretaría General de Educación de la Consejería de Educación y Empleo,
el Ayuntamiento de Herrera del Duque ha aportado declaración responsable de que todo el
personal de la Escuela Infantil al que le corresponde realizar tareas que impliquen contacto
habitual con menores cumple con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021,
de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
6. I gualmente, entre las obligaciones del Ayuntamiento están:
a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda de acuerdo con las directrices y siguiendo los criterios que la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de
Educación, Ciencia y Formación Profesional, establezca, asumiendo todas las responsabilidades que pudieran derivarse de la ejecución de la misma.
b) Colaborar con la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional en cuantas
actuaciones se estimen procedentes en orden a la comprobación de la adecuada ejecución del convenio, la correcta aplicación de la ayuda y control de las actividades objeto