Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2024062989)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 10 de julio de 2024, en la que se aprueba la modificación del artículo 48 del Convenio Colectivo del sector "Transporte de viajeros por carretera de la provincia de Badajoz" a los efectos de aprobar las tablas salariales para el año 2024.
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NÚMERO 189
Viernes 27 de septiembre de 2024

45536

ACUERDAN
Proceder a la modificación del artículo 48 del Convenio Colectivo de Transporte de Viajeros por
carretera de la provincia de Badajoz, con la siguiente redacción:
Se acuerda un incremento salarial para el año 2024 del 3% sobre las tablas salariales del año
2023, y con fecha de efectos del 1 de enero de 2024. Revisable hasta un 1% adicional en lo
que el IPC del año 2024 su pudiera exceder del 3%.
Se adjunta la tabla salarial correspondiente actualizada inicialmente al 3% para el ejercicio
2024.
El presente acuerdo no es suscrito por CCOO y SLT porque consideran que además del incremento del 3 % el Plus Convenio debería integrarse en el salario base, siendo el presente
acuerdo no obstante de eficacia general.
Se acuerda la remisión de este al Organismo Público Competente de Trabajo para su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, asimismo las partes designan por acuerdo a D.ª Teresa Hernández Alcón como persona encargada de impulsar los trámites de registro, depósito
y publicación del Convenio en el Diario Oficial de la Provincia.
Y en prueba de conformidad, las partes suscriben la presente acta y tabla salarial adjunta.
No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las 14:00 horas del día 10 de julio
de 2024, firmando los presentes en prueba de conformidad:
UGT AREBUS

AGAPYMET