Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Conciertos Sociales. (2024063033)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección Gerencia del SEPAD, por la que se convoca, mediante tramitación anticipada, la suscripción de concierto social para la prestación del Servicio de Habilitación Funcional dirigido a personas con discapacidad que integran el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura.
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NÚMERO 189
45696
Viernes 27 de septiembre de 2024
ZONA
Número de plazas
JEREZ CABALLEROS
60
LLERENA
60
MÉRIDA
320
MONTIJO
153
OLIVENZA
67
PUEBLA DE ALCOCER
60
SAN VICENTE ALCÁNTARA
70
VILLAFRANCA DE LOS BARROS
95
VILLANUEVA DE LA SERENA
127
ZAFRA
205
4. Las entidades únicamente podrán solicitar la participación en el procedimiento de concertación respecto de aquellas zonas en las que tengan implantados sus servicios con plazas
acreditadas.
Segundo. Requisitos generales para concertar.
1. Podrán acceder a esta convocatoria aquellas entidades sin ánimo de lucro constituidas y
registradas como tales, que tengan asumidas estatutariamente la reinversión en sus fines
sociales de cualquier posible beneficio, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de
la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la prestación de servicios
a las personas en los ámbitos social, sanitario y sociosanitario en Extremadura.
2. Las entidades que participen en la convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos a
fecha de la finalización del plazo de presentación de la solicitud y mantenerlos durante la
vigencia de la prestación del servicio concertado:
a) Figurar inscritas en el registro que las habilite como prestadoras del servicio de Habilitación Funcional, establecido en el Decreto 151/2006, de 31 de julio, por el que se regula
el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX), así como en el Registro de Centros, Establecimientos y Servicios Sanitarios de Extremadura, regulado en la
disposición adicional primera del Decreto 2/2022, de 12 de enero, sobre procedimientos
de autorización administrativa y requisitos mínimos de personal, de infraestructura,
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Viernes 27 de septiembre de 2024
ZONA
Número de plazas
JEREZ CABALLEROS
60
LLERENA
60
MÉRIDA
320
MONTIJO
153
OLIVENZA
67
PUEBLA DE ALCOCER
60
SAN VICENTE ALCÁNTARA
70
VILLAFRANCA DE LOS BARROS
95
VILLANUEVA DE LA SERENA
127
ZAFRA
205
4. Las entidades únicamente podrán solicitar la participación en el procedimiento de concertación respecto de aquellas zonas en las que tengan implantados sus servicios con plazas
acreditadas.
Segundo. Requisitos generales para concertar.
1. Podrán acceder a esta convocatoria aquellas entidades sin ánimo de lucro constituidas y
registradas como tales, que tengan asumidas estatutariamente la reinversión en sus fines
sociales de cualquier posible beneficio, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de
la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la prestación de servicios
a las personas en los ámbitos social, sanitario y sociosanitario en Extremadura.
2. Las entidades que participen en la convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos a
fecha de la finalización del plazo de presentación de la solicitud y mantenerlos durante la
vigencia de la prestación del servicio concertado:
a) Figurar inscritas en el registro que las habilite como prestadoras del servicio de Habilitación Funcional, establecido en el Decreto 151/2006, de 31 de julio, por el que se regula
el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX), así como en el Registro de Centros, Establecimientos y Servicios Sanitarios de Extremadura, regulado en la
disposición adicional primera del Decreto 2/2022, de 12 de enero, sobre procedimientos
de autorización administrativa y requisitos mínimos de personal, de infraestructura,