Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Conciertos Sociales. (2024063033)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección Gerencia del SEPAD, por la que se convoca, mediante tramitación anticipada, la suscripción de concierto social para la prestación del Servicio de Habilitación Funcional dirigido a personas con discapacidad que integran el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura.
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NÚMERO 189
Viernes 27 de septiembre de 2024

45693

RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2024, de la Dirección Gerencia del
SEPAD, por la que se convoca, mediante tramitación anticipada, la suscripción
de concierto social para la prestación del Servicio de Habilitación Funcional
dirigido a personas con discapacidad que integran el Marco de Atención a la
Discapacidad en Extremadura. (2024063033)
Tras la promulgación de la a Ley 1/2008, de 22 de mayo, de creación de Entidades Públicas de
la Junta de Extremadura, se crea el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), adscrito a la Consejería competente en materia de servicios
sociales especializados, que tiene por finalidad ejercer las competencias de administración y
gestión de servicios, prestaciones y programas sociosanitarios que le encomiende la Administración de la Comunidad Autónoma, conforme a los objetivos y principios de la Ley 39/2006,
de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en
situación de dependencia, y desarrollo y coordinación de las políticas sociales de atención a
personas con discapacidad y mayores.
En este sentido, el Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos
del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia, atribuye
al SEPAD, bajo la supervisión y control de la Consejería competente en materia de dependencia, la prestación de la atención a las personas con discapacidad, que residan en la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
En cuanto a la atención especializada, el Decreto 151/2006, de 31 de julio, por el que se
regula el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX), define el Servicio
de Habilitación Funcional como el conjunto de tratamientos encaminados a eliminar o reducir
un déficit o disfunción física, intelectual o sensorial de la persona con discapacidad, así como
mantener habilidades adquiridas en aquellos casos en los que por sus características especiales se requiera, con el objeto de lograr el máximo grado posible de autonomía personal e
integración social.
Por su parte, el Decreto 122/2022, de 28 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley
13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la prestación de servicios a las
personas en los ámbito social, sanitario y sociosanitario en Extremadura, será de aplicación a
los conciertos sociales que realicen la Administración General de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, sus organismos autónomos o las entidades públicas sujetas al Derecho Administrativo, vinculadas o dependientes de las anteriores, con entidades que no tengan ánimo
de lucro y ofrezcan los servicios objeto de concertación en los ámbito social, sociosanitario
o sanitario en los términos previstos en la citada ley, en ese decreto y en la normativa de
desarrollo.