Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062976)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de modificación del Convenio de Colaboración entre el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX) y Caja Rural de Extremadura para la organización de certámenes y eventos relacionados con la I+D+I.
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NÚMERO 188
Jueves 26 de septiembre de 2024
45116
Segundo. La cláusula Tercera del Convenio, referida a los “Compromisos adquiridos por Caja
Rural de Extremadura” recoge en el apartado 1º el de “Promocionar y financiar a través de
su Fondo de Educación y Promoción una actuación anual de CICYTEX en la que se divulgue o
transfiera conocimiento a los sectores concernidos por su actividad investigadora, para lo que
colaborará, en el año 2022, con la cantidad de 3.500,00 € (tres mil quinientos euros), con
cargo al Fondo de Educación y Promoción”.
De acuerdo con la cláusula Novena “Contenido Económico” para la financiación de las actividades de divulgación y transferencia del conocimiento a los sectores concernidos por la actividad investigadora del CICYTEX se prevé una aportación económica anual de 3.500 euros,
con cargo al Fondo de Educación y Promoción, siendo el tenor literal de la citada cláusula:
“Este Convenio de colaboración no supondrá incremento de gastos de personal ni de materiales para el CICYTEX, ya que se utilizan los recursos disponibles a través de su Instituto adscrito, no siendo necesario proceder a la contratación de personal ni la realización de compras
de bienes adicionales a los ya existentes en sus instalaciones. Los compromisos asumidos por
el CICYTEX se integran dentro de las funciones propias del ente, no generando obligaciones
económicas para el CICYTEX.
De conformidad con la cláusula tercera, Caja Rural de Extremadura, promocionará y financiará a través de su Fondo de Educación y Promoción, una actuación anual de CICYTEX en la que
se divulgue o transfiera conocimiento a los sectores concernidos por su actividad investigadora, para lo que colaborará, en el año 2022, con la cantidad de 3.500,00 € (tres mil quinientos
euros), con cargo al Fondo de Educación y Promoción; así mismo y dentro del marco de celebración de los Premios Espiga de Oro, pondrá a disposición del CICYTEX el material fungible
necesario para la realización de las actividades descritas en la cláusula segunda, vinculados
a la celebración de los Premios”.
Tercero. La cláusula duodécima, establece respecto de la modificación y resolución, del convenio lo siguiente: “El presente convenio de colaboración podrá ser modificado mediante la
formalización de la oportuna Adenda. En todo caso la modificación requerirá el acuerdo unánime de las partes”
Cuarto. En el marco de los compromisos asumidos, las partes, habiendo transcurrido la anualidad 2023 y, siendo conscientes de las necesidades surgidas durante la misma, han considerado oportuno incrementar la aportación económica anual acordada en las cláusulas tercera
y novena del convenio, con la finalidad de dar la adecuada cobertura al desarrollo y ejecución
de los compromisos establecidos en el mismo.
Por lo expuesto, y estando las partes unánimemente interesadas,
Jueves 26 de septiembre de 2024
45116
Segundo. La cláusula Tercera del Convenio, referida a los “Compromisos adquiridos por Caja
Rural de Extremadura” recoge en el apartado 1º el de “Promocionar y financiar a través de
su Fondo de Educación y Promoción una actuación anual de CICYTEX en la que se divulgue o
transfiera conocimiento a los sectores concernidos por su actividad investigadora, para lo que
colaborará, en el año 2022, con la cantidad de 3.500,00 € (tres mil quinientos euros), con
cargo al Fondo de Educación y Promoción”.
De acuerdo con la cláusula Novena “Contenido Económico” para la financiación de las actividades de divulgación y transferencia del conocimiento a los sectores concernidos por la actividad investigadora del CICYTEX se prevé una aportación económica anual de 3.500 euros,
con cargo al Fondo de Educación y Promoción, siendo el tenor literal de la citada cláusula:
“Este Convenio de colaboración no supondrá incremento de gastos de personal ni de materiales para el CICYTEX, ya que se utilizan los recursos disponibles a través de su Instituto adscrito, no siendo necesario proceder a la contratación de personal ni la realización de compras
de bienes adicionales a los ya existentes en sus instalaciones. Los compromisos asumidos por
el CICYTEX se integran dentro de las funciones propias del ente, no generando obligaciones
económicas para el CICYTEX.
De conformidad con la cláusula tercera, Caja Rural de Extremadura, promocionará y financiará a través de su Fondo de Educación y Promoción, una actuación anual de CICYTEX en la que
se divulgue o transfiera conocimiento a los sectores concernidos por su actividad investigadora, para lo que colaborará, en el año 2022, con la cantidad de 3.500,00 € (tres mil quinientos
euros), con cargo al Fondo de Educación y Promoción; así mismo y dentro del marco de celebración de los Premios Espiga de Oro, pondrá a disposición del CICYTEX el material fungible
necesario para la realización de las actividades descritas en la cláusula segunda, vinculados
a la celebración de los Premios”.
Tercero. La cláusula duodécima, establece respecto de la modificación y resolución, del convenio lo siguiente: “El presente convenio de colaboración podrá ser modificado mediante la
formalización de la oportuna Adenda. En todo caso la modificación requerirá el acuerdo unánime de las partes”
Cuarto. En el marco de los compromisos asumidos, las partes, habiendo transcurrido la anualidad 2023 y, siendo conscientes de las necesidades surgidas durante la misma, han considerado oportuno incrementar la aportación económica anual acordada en las cláusulas tercera
y novena del convenio, con la finalidad de dar la adecuada cobertura al desarrollo y ejecución
de los compromisos establecidos en el mismo.
Por lo expuesto, y estando las partes unánimemente interesadas,