Servicio Extremeño De Salud. Procesos Selectivos. Elección De Plazas. (2024062973)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se aprueba la relación de plazas que se ofertan y se establece el procedimiento para la elección de las mismas por los aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso convocado por Resolución de 20 de diciembre de 2022, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Licenciados Especialistas en Ciencias de la Salud, en la categoría de Psicólogo/a Clínico, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 188
45083
Jueves 26 de septiembre de 2024
No se aceptarán elecciones de plazas realizadas en papel, siendo exclusivamente válidas las
gestionadas telemáticamente y en soporte digital a través de la herramienta web indicada
anteriormente.
Los aspirantes, deberán cumplimentar la elección de plazas en el plazo de cinco días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de
Extremadura. Durante este plazo de presentación, los aspirantes podrán desistir o modificar
su elección cuantas veces quieran con la presentación de un nuevo formulario de elección de
plazas, que anulará totalmente el anterior/es. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá modificación alguna en la relación de plazas solicitadas.
Tercero. La adjudicación de plazas se realizará atendiendo al orden de puntuación total obtenido en el proceso selectivo y el orden de prelación de plazas manifestado en el formulario
de elección.
El orden de elección de plazas por los aspirantes es el que se refleja en el anexo III de esta
resolución.
Cada aspirante relacionado deberá optar, como mínimo, por idéntico número de plazas que el
número de orden de elección asignado. En el supuesto de las personas aspirantes de reserva
con un número de orden de elección superior al número de plazas ofertadas, deberán consignar todas las plazas ofertadas por el orden de preferencia que consideren.
Perderán los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo los aspirantes
que, pudiendo hacerlo por el orden de puntuación obtenida, no soliciten plaza en el plazo y
forma establecidos en esta resolución.
Cuarto. Aquellos aspirantes que, por coincidencia en el tiempo de procesos selectivos en
distintos Servicios de Salud, hubieran superado más de un proceso selectivo en la misma categoría y/o especialidad en su caso, deberán presentar renuncia expresa de su nombramiento
en otro Servicio de Salud para acceder a la condición de personal estatutario fijo del Servicio
Extremeño de Salud, decayendo, en caso contrario, en su derecho al nombramiento en este
último Servicio. La citada renuncia debe ser en fecha anterior a la de la toma de posesión en
el Servicio Extremeño de Salud.
Quinto. Finalizado este procedimiento, la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Extremeño de Salud acordará el nombramiento de personal estatutario fijo de los aspirantes que hayan elegido plazas, con expresión del destino elegido, que se publicará en el Diario
Oficial de Extremadura.
Mérida, 19 de septiembre de 2024.
El Director General de Recursos
Humanos,
JOSÉ ANTONIO BOTE PAZ
45083
Jueves 26 de septiembre de 2024
No se aceptarán elecciones de plazas realizadas en papel, siendo exclusivamente válidas las
gestionadas telemáticamente y en soporte digital a través de la herramienta web indicada
anteriormente.
Los aspirantes, deberán cumplimentar la elección de plazas en el plazo de cinco días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de
Extremadura. Durante este plazo de presentación, los aspirantes podrán desistir o modificar
su elección cuantas veces quieran con la presentación de un nuevo formulario de elección de
plazas, que anulará totalmente el anterior/es. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá modificación alguna en la relación de plazas solicitadas.
Tercero. La adjudicación de plazas se realizará atendiendo al orden de puntuación total obtenido en el proceso selectivo y el orden de prelación de plazas manifestado en el formulario
de elección.
El orden de elección de plazas por los aspirantes es el que se refleja en el anexo III de esta
resolución.
Cada aspirante relacionado deberá optar, como mínimo, por idéntico número de plazas que el
número de orden de elección asignado. En el supuesto de las personas aspirantes de reserva
con un número de orden de elección superior al número de plazas ofertadas, deberán consignar todas las plazas ofertadas por el orden de preferencia que consideren.
Perderán los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo los aspirantes
que, pudiendo hacerlo por el orden de puntuación obtenida, no soliciten plaza en el plazo y
forma establecidos en esta resolución.
Cuarto. Aquellos aspirantes que, por coincidencia en el tiempo de procesos selectivos en
distintos Servicios de Salud, hubieran superado más de un proceso selectivo en la misma categoría y/o especialidad en su caso, deberán presentar renuncia expresa de su nombramiento
en otro Servicio de Salud para acceder a la condición de personal estatutario fijo del Servicio
Extremeño de Salud, decayendo, en caso contrario, en su derecho al nombramiento en este
último Servicio. La citada renuncia debe ser en fecha anterior a la de la toma de posesión en
el Servicio Extremeño de Salud.
Quinto. Finalizado este procedimiento, la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Extremeño de Salud acordará el nombramiento de personal estatutario fijo de los aspirantes que hayan elegido plazas, con expresión del destino elegido, que se publicará en el Diario
Oficial de Extremadura.
Mérida, 19 de septiembre de 2024.
El Director General de Recursos
Humanos,
JOSÉ ANTONIO BOTE PAZ