Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062974)
Resolución de 17 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de ampliación de una industria de conservas vegetales ultracongeladas, en el término municipal de La Albuera, cuya promotora es Ulbasa, SA. Expte.: IA23/1522.
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NÚMERO 188
Jueves 26 de septiembre de 2024
45239
Alternativas de ampliación y mejora. En el presente, las instalaciones disponen de una
tecnología de producción de vanguardia en el ámbito agroalimentario, con un tratamiento del producto que unifica la calidad, la sanidad y la protección del medio ambiente. A la hora de estudiar las alternativas técnicas de la instalación, no se ha contemplado otra que la de aumentar el nivel tecnológico de la planta para satisfacer el aumento
en la demanda por parte de los distribuidores y grandes superficies, en términos de
diversidad de productos y su calidad. En este sentido, ha optado por la instalación de la
tecnología más avanzada, que reduce las emisiones, minimiza los vertidos y optimiza el
consumo de recursos.
La promotora justifica la alternativa seleccionada ya que ha sido evaluada desde múltiples
perspectivas, incluyendo aspectos económicos, ambientales, urbanísticos y empresariales,
y se ha determinado que es la única alternativa viable. Por lo tanto, pasa a ser la opción
elegida y por la cual se desarrolla el proyecto.
3.3. Características del potencial impacto.
— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas. El proyecto se localiza fuera de espacios pertenecientes a la Red Natura 2000. El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas informa que no se prevé que el proyecto pueda afectar de forma apreciable,
directa o indirectamente, a dichos espacios o a sus valores ambientales.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas. La contaminación de las aguas superficiales
y/o subterráneas podría producirse por una incorrecta gestión de los residuos generados y/o una incorrecta gestión de las aguas residuales generadas por un mal funcionamiento de la EDAR. Con la adopción de las medidas oportunas se prevé que no se
produzca afección, o en caso de producirse no resulte una afección significativa.
— Suelos. En cuanto a la ocupación del suelo por la industria, no sufrirá variación alguna,
ya que no se aumenta la superficie construida actualmente. En cuanto a la contaminación del suelo derivada de una incorrecta gestión de los residuos generados en la industria, o de fugas accidentales de sustancias que intervienen en el proceso productivo, con
la adopción de las medidas oportunas se prevé que no se produzca afección, o en caso
de producirse no resulte una afección significativa.
— Fauna. Aunque las proximidades a la localización de la industria pudieran ser zona de
campeo y alimentación de ejemplares de avifauna, no se prevé que la ejecución del proyecto y el desarrollo de la actividad cause una afección significativa sobre estas especies. En cuanto a la afección al resto de fauna, igualmente, no se prevé que la ejecución
del proyecto y el desarrollo de la actividad cause una afección significativa.
Jueves 26 de septiembre de 2024
45239
Alternativas de ampliación y mejora. En el presente, las instalaciones disponen de una
tecnología de producción de vanguardia en el ámbito agroalimentario, con un tratamiento del producto que unifica la calidad, la sanidad y la protección del medio ambiente. A la hora de estudiar las alternativas técnicas de la instalación, no se ha contemplado otra que la de aumentar el nivel tecnológico de la planta para satisfacer el aumento
en la demanda por parte de los distribuidores y grandes superficies, en términos de
diversidad de productos y su calidad. En este sentido, ha optado por la instalación de la
tecnología más avanzada, que reduce las emisiones, minimiza los vertidos y optimiza el
consumo de recursos.
La promotora justifica la alternativa seleccionada ya que ha sido evaluada desde múltiples
perspectivas, incluyendo aspectos económicos, ambientales, urbanísticos y empresariales,
y se ha determinado que es la única alternativa viable. Por lo tanto, pasa a ser la opción
elegida y por la cual se desarrolla el proyecto.
3.3. Características del potencial impacto.
— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas. El proyecto se localiza fuera de espacios pertenecientes a la Red Natura 2000. El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas informa que no se prevé que el proyecto pueda afectar de forma apreciable,
directa o indirectamente, a dichos espacios o a sus valores ambientales.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas. La contaminación de las aguas superficiales
y/o subterráneas podría producirse por una incorrecta gestión de los residuos generados y/o una incorrecta gestión de las aguas residuales generadas por un mal funcionamiento de la EDAR. Con la adopción de las medidas oportunas se prevé que no se
produzca afección, o en caso de producirse no resulte una afección significativa.
— Suelos. En cuanto a la ocupación del suelo por la industria, no sufrirá variación alguna,
ya que no se aumenta la superficie construida actualmente. En cuanto a la contaminación del suelo derivada de una incorrecta gestión de los residuos generados en la industria, o de fugas accidentales de sustancias que intervienen en el proceso productivo, con
la adopción de las medidas oportunas se prevé que no se produzca afección, o en caso
de producirse no resulte una afección significativa.
— Fauna. Aunque las proximidades a la localización de la industria pudieran ser zona de
campeo y alimentación de ejemplares de avifauna, no se prevé que la ejecución del proyecto y el desarrollo de la actividad cause una afección significativa sobre estas especies. En cuanto a la afección al resto de fauna, igualmente, no se prevé que la ejecución
del proyecto y el desarrollo de la actividad cause una afección significativa.