Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062969)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (ASEFIGET) para la utilización de la plataforma de presentación y pago telemático de la Junta de Extremadura.
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NÚMERO 187
44981
Miércoles 25 de septiembre de 2024
— El mutuo acuerdo de las partes.
— Las demás previstas en la legislación vigente.
Lo establecido anteriormente para el incumplimiento del convenio por las partes se entiende
sin perjuicio de las consecuencias establecidas para los profesionales habilitados, en los supuestos de incumplimiento de obligaciones a que se refiere la cláusula segunda del presente
convenio.
Quinta. Jurisdicción competente.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y queda sometido al régimen jurídico
previsto en el capítulo VI del título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir serán competencia de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de las facultades atribuidas a la Comisión de Seguimiento y
Evaluación previstas en la Cláusula Tercera.
Sexta. Protección de datos.
Será obligación de las partes adoptar aquellas medidas destinadas a garantizar el respeto y
la confidencialidad de los datos a los que se tenga acceso como consecuencia del desarrollo
del objeto de este convenio, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de datos Personales y garantía de los derechos digitales, y demás
normativa que resultare de aplicación.
Séptima. Ausencia de contenido económico.
El presente Convenio no generará ni dará lugar a ninguna contraprestación económica entre
las partes.
Estando de acuerdo las partes en el contenido del presente documento, y en prueba de conformidad, firman el mismo, en la fecha y lugar señalados.
El Presidente de la Asociación
de Asesores Fiscales y Gestores
Tributarios,
D. ADOLFO JIMÉNEZ RAMÍREZ
La Consejera de Hacienda y
Administración Pública,
DÑA. ELENA MANZANO SILVA
44981
Miércoles 25 de septiembre de 2024
— El mutuo acuerdo de las partes.
— Las demás previstas en la legislación vigente.
Lo establecido anteriormente para el incumplimiento del convenio por las partes se entiende
sin perjuicio de las consecuencias establecidas para los profesionales habilitados, en los supuestos de incumplimiento de obligaciones a que se refiere la cláusula segunda del presente
convenio.
Quinta. Jurisdicción competente.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y queda sometido al régimen jurídico
previsto en el capítulo VI del título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir serán competencia de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de las facultades atribuidas a la Comisión de Seguimiento y
Evaluación previstas en la Cláusula Tercera.
Sexta. Protección de datos.
Será obligación de las partes adoptar aquellas medidas destinadas a garantizar el respeto y
la confidencialidad de los datos a los que se tenga acceso como consecuencia del desarrollo
del objeto de este convenio, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de datos Personales y garantía de los derechos digitales, y demás
normativa que resultare de aplicación.
Séptima. Ausencia de contenido económico.
El presente Convenio no generará ni dará lugar a ninguna contraprestación económica entre
las partes.
Estando de acuerdo las partes en el contenido del presente documento, y en prueba de conformidad, firman el mismo, en la fecha y lugar señalados.
El Presidente de la Asociación
de Asesores Fiscales y Gestores
Tributarios,
D. ADOLFO JIMÉNEZ RAMÍREZ
La Consejera de Hacienda y
Administración Pública,
DÑA. ELENA MANZANO SILVA